Apicultores condenados por incendios en el Delta presentan un recurso ante la Corte Suprema

 La defensa de tres apicultores condenados por provocar un incendio que afectó 6.000 hectáreas en el Delta del Paraná interpuso un recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise las penas de prisión efectiva dictadas en su contra. La medida judicial surge tras la reciente ratificación por parte de la Cámara Federal de Casación Penal de las condenas impuestas en julio de 2025 por el Tribunal Oral Federal de Paraná. Las penas recayeron sobre Jesús Alberto Magallanes y Oscar Alberto Magallanes, sentenciados a tres años y seis meses de prisión, y Miguel Ramón Morales, con una pena de tres años y dos meses.

Las escuelas se comunicarán con los padres de los alumnos que falten 5 días seguidos

La directora General de Cultura y Educación, Silvina Gvirtz, resolvió que las escuelas bonaerenses deberán comunicarse con los padres de los alumnos que no asistan a clases y si las faltas se repiten durante 5 días consecutivos, deberán acercarse al domicilio. 
 La idea de la medida es conocer el motivo de las inasistencias y prevenir la deserción escolar. 
La normativa fue dictada a partir de lo establecido por la Ley Provincial de Educación N° 13.688 y la Ley de Protección Integral del Niño y el Adolescente N° 13.298, en la que se pone énfasis en la “responsabilidad indelegable del Estado” en la defensa del interés superior de los alumnos, entre ellos al derecho a la educación. 

“Ningún alumno de la provincia debe ni puede quedar afuera del sistema educativo”, explicó Gvirtz y agregó que “tenemos que ir a buscarlos a la casa, si es necesario, porque esa es una de las maneras para que no abandonen la escuela”. 
Asimismo, explicaron que el primer paso es concientizar a padres y alumnos de la importancia de asistir a la escuela y generar una comunicación fluida para que los adultos responsables de los chicos informen a los docentes sobre las causas de las inasistencias. 
De esta manera, se busca identificar si la ausencia es por motivos de salud, problemáticas de índole familiar, judicial o social y recibir así el asesoramiento correspondiente por parte de la institución que corresponda. 
La Resolución N° 736 establece que: “Si un alumno inasistiere por un período superior a 48 horas, el responsable de la institución o quien este delegare, deberá establecer formas de comunicación formales e informales con el adulto a cargo del mismo a efectos de conocer las causales de la ausencia, tales como: llamados telefónicos al hogar, envío de notas o comunicaciones informales a través de familias vecinas, etc”. 
Por otra parte, cuando un alumno se ausenta por estar hospitalizado durante un período mayor a una semana se deberá tramitar con el inspector de Educación Especial la posibilidad de que el menor sea asistido por un maestro domiciliario u hospitalario. En caso de que el lapso sea menor, los docentes deberán elaborar las tareas para que el estudiante reciba educación a distancia y no pierda horas de aprendizaje.