El bloque de concejales de la
Unión Cívica Radical (UCR) en San Pedro presentó un
Proyecto de Resolución ante el Honorable Concejo Deliberante (HCD) para exigir al Departamento Ejecutivo Municipal la
"aplicación inmediata" de la Ordenanza 6660/2024, que establece medidas urgentes para la identificación y contención de zonas de peligro de derrumbe en la barranca costera.
La iniciativa, impulsada por los concejales Basso Paoli, Batalla Yanino, Binimelis Hugo y Pisani Lucas, pone de manifiesto la preocupación del cuerpo legislativo ante la falta de acciones concretas a casi un año de la aprobación de la normativa.
La Ordenanza 6660/2024, aprobada el 23 de agosto de 2024, establece en su Artículo 3° la obligación de realizar la "identificación, estudios y verificación de las zonas altamente comprometidas" y, en su Artículo 4°, la ejecución de "contenciones mecánicas y/o desvíos de agua en los lugares de peligro inminente de derrumbe" en la zona comprendida entre la calle Rómulo Naón y la Avenida 11 de Septiembre.
El proyecto de la UCR subraya que "no se ha visto ninguna actuación respecto de lo solicitado en la mencionada Ordenanza" y advierte que las áreas que ya denotaban movimientos en la cresta de la barranca "aún siguen en igual o peor estado".
Como ejemplo del agravamiento de la situación, los ediles señalan que la falta de localización y tratamiento de los cursos de agua pluviales ya ha provocado el hundimiento de la calzada en puntos clave, mencionando específicamente el caso de Boulevard Paraná y Rivadavia, y adjuntaron fotografías fechadas el 21 de septiembre de 2025 para respaldar su reclamo.
Los concejales radicales enfatizan que los costos de prevención establecidos en la ordenanza son "mucho menores respecto de las consecuencias que podría ocasionar su desatención" y sostienen que, a un año de la promulgación de la ley, "aumentó considerablemente la urgencia de tomar medidas al respecto".
Por ello, el proyecto resuelve "Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la aplicación inmediata de la Ordenanza 6660/2024" y, en su Artículo 2°, pide al Ejecutivo que informe si ha "ejecutado trabajos y/o consultas sobre el particular".