La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP en octubre del año pasado por decisión del Gobierno Nacional (Decreto 953/2024), anunció importantes modificaciones para los monotributistas, que incluyen la actualización de las escalas de facturación y un cambio en la frecuencia de la recategorización.
ARCA, que heredó todas las responsabilidades tributarias de su predecesora, confirmó las nuevas escalas que regirán a partir de agosto de 2025. Estas se ajustarán en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del primer semestre de este año. Aunque el INDEC aún no publicó la inflación de junio, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) estimó que será del 1,9%, lo que derivará en un aumento del 15,40% para todas las categorías.
Nuevas escalas de facturación anual y montos a pagar
El organismo detalló los nuevos topes de facturación para cada categoría y los montos a abonar, que incluyen el impuesto integrado, el aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la obra social.
Máximos de Facturación Anual por Categoría (a partir de agosto 2025):
Categoría A: hasta $9.015.493,91
Categoría B: hasta $13.208.746,89
Categoría C: hasta $18.520.200,66
Categoría D: hasta $22.993.003,84
Categoría E: hasta $27.046.481,73
Categoría F: hasta $33.878.514,39
Categoría G: hasta $40.513.679,01
Categoría H: hasta $61.496.949,51
Categoría I: hasta $68.854.302,77
Categoría J: hasta $78.829.266,97
Categoría K: hasta $94.034.709,83
Montos a Pagar por Categoría (a partir de agosto 2025):
Categoría A: $37.180,17 (Impuesto integrado: $4.193,25; Aporte previsional: $13.697,96; Obra social: $19.288,96)
Categoría B: $42.323,90 (Impuesto integrado: $7.967,18; Aporte previsional: $15.067,75; Obra social: $19.288,96)
Categoría C:
Servicios: $49.561,46 (Impuesto integrado: $13.697,96)
Comercio de bienes: $48.443,25 (Impuesto integrado: $12.579,76)
(Aporte previsional: $16.574,53; Obra social: $19.288,96)
Categoría D:
Servicios: $63.519,11 (Impuesto integrado: $22.364,01)
Comercio de bienes: $61.981,59 (Impuesto integrado: $20.826,49)
(Aporte previsional: $18.231,99; Obra social: $22.923,11)
Categoría E:
Servicios: $89.942,73 (Impuesto integrado: $41.932,53)
Comercio de bienes: $81.276,68 (Impuesto integrado: $33.266,48)
(Aporte previsional: $20.055,19; Obra social: $27.955,02)
Categoría F:
Servicios: $113.187,83 (Impuesto integrado: $58.979,02)
Comercio de bienes: $97.541,70 (Impuesto integrado: $43.332,89)
(Aporte previsional: $22.056,12; Obra social: $32.152,69)
Categoría G:
Servicios: $172.883,97 (Impuesto integrado: $107.333,47)
Comercio de bienes: $119.261,16 (Impuesto integrado: $53.710,66)
(Aporte previsional: $30.901,88; Obra social: $34.648,62)
Categoría H:
Servicios: $392.103,51 (Impuesto integrado: $307.193,42)
Comercio de bienes: $238.650,15 (Impuesto integrado: $153.740,06)
(Aporte previsional: $43.251,79; Obra social: $41.658,30)
Categoría I:
Servicios: $723.446,13 (Impuesto integrado: $611.514,78)
Comercio de bienes: $356.572,81 (Impuesto integrado: $244.641,46)
(Aporte previsional: $60.509,83; Obra social: $51.421,52)
Categoría J:
Servicios: $875.655,44 (Impuesto integrado: $733.551,30)
Comercio de bienes: $436.185,24 (Impuesto integrado: $293.671,10)
(Aporte previsional: $84.761,20; Obra social: $57.742,94)
Categoría K:
Servicios: $1.211.997,16 (Impuesto integrado: $1.027.347,89)
Comercio de bienes: $527.256,94 (Impuesto integrado: $342.607,17)
(Aporte previsional: $118.652,50; Obra social: $65.996,77)
Recategorización: de anual a semestral y nueva fecha límite
Una de las modificaciones más significativas anunciadas por ARCA es el cambio en la frecuencia de la recategorización. Este trámite, que hasta ahora se realizaba una vez al año, pasará a ser semestral, con fechas en enero y julio. Esta medida busca que las categorías del monotributo se ajusten de manera más precisa a los ingresos reales y la actividad económica de los contribuyentes.
La próxima fecha para realizar la recategorización será desde el 15 de julio hasta el 20 de agosto. El trámite deberá hacerse exclusivamente a través del sitio web oficial de ARCA. El organismo advirtió que la falta de cumplimiento en tiempo y forma puede derivar en una recategorización de oficio por parte de la entidad, lo que podría implicar sanciones económicas.
ARCA informó que su sistema cruzará datos bancarios, declaraciones juradas y consumos con tarjetas de crédito para detectar automáticamente posibles inconsistencias, reforzando así el control sobre el Régimen Simplificado.