El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Viajes de larga distancia: hasta ahora no hay detalles en San Pedro


A poco menos de 7 meses de las suspensiones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus, el Gobierno oficializó este viernes el regreso de transporte automotor y ferroviario interurbano de pasajeros.

Sin embargo, ni las empresas de transporte que ingresan a San Pedro ni las de minibuses tienen todavía ninguna precisión. 

De hecho, las oficinas del área de encomiendas de Chevallier mostraban un cartel contundente: "Desconocemos movimientos de micros. No consulte aquí. No tenemos respuestas". 



A través de la resolución 222, el Ministerio de Transporte derogó la vigencia de la normativa N° 64 del 18 de marzo, para dar paso a la reanudación de los servicios en todo el territorio nacional. 

Las firmas deberán aplicar los protocolos respectivamente elaborados por el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el Transporte Automotor” y el “Comité de Crisis Prevención Covid-19 para el Transporte Ferroviario”, creados por la resolución N° 60 de la cartera conducida por el ministro Mario Meoni, en conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud.

En la primera etapa, las empresas operadoras de servicios para turismo nacional y las permisionarias de servicios de transporte automotor de carácter público, de tráfico libre y ejecutivo podrán prestar servicios de traslado a trabajadores esenciales de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Cuáles son los requisitos que deberán cumplir los pasajeros

Las pasajeras y los pasajeros que pretendan usar los servicios de transporte alcanzados por la resolución deberán contar el “CERTIFICADO UNICO HABILITANTE PARA CIRCULACIÓN – EMERGENCIA COVID-19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente requiera.