A partir de 2026, la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará antes

  El Ministerio de Salud de la Nación anunció que a partir de 2026 la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará a los 18 meses de vida, en lugar de a los 5 años. La medida busca ofrecer una protección más temprana y efectiva, especialmente en un contexto de circulación del virus en varios países de la región. El anuncio, realizado en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), fue dado a conocer por la viceministra Cecilia Loccisano. La funcionaria destacó que esta decisión implica una inversión de 4,2 millones de dólares, que se financiará con el ahorro generado por la compra eficiente de la vacuna antigripal.

Asistencia de COOPSER a quienes deseen inscribirse en tarifa social

Con el objetivo de facilitar la elevación del trámite obligatorio para ingresar en el beneficio de la Tarifa Social, COOPSER ha dispuesto en sus oficinas de Mitre 1200, un servicio especial al que pueden dirigirse todos los socios que requieran asesoramiento para formularlo.
La gestión debe realizarse vía Internet a través del Sistema de Identificación Nacional Tributaria y Social. Sin embargo, el personal de la cooperativa asistirá a los interesados para la carga de los datos con los que se evaluará si cumple los requisitos de elegibilidad establecidos.
Para gestionar este beneficio deberá tener la titularidad del suministro actualizada y encuadrarse dentro de estos requisitos:
* Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia con una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles. (En la actualidad el SMVM asciende a $ 9.500 – por lo tanto la referencia a considerar equivaldría a $ 19.000-)
* Ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
* Ser beneficiario de una Pensión no Contributivas y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
* Ser titular de programas sociales.
* Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
* Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).
* Estar percibiendo el seguro de desempleo.
* Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
* Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Quedan excluidos de este beneficio los titulares de más de una propiedad en el Registro de Propiedad Inmueble, quienes posean vehículos de menos de 10 años de antigüedad con la excepción de aquellos que posean certificado de discapacidad o electro dependencia y quienes registren a su nombre embarcaciones de lujo o aeronaves.
Es importante remarcar que COOPSER no tiene facultades para resolver estas solicitudes y que la información es enviada al Ministerio de Energía para su análisis. 
Quienes deseen realizar el trámite de manera personal pueden hacerlo en la web www.minem.gob.ar/formulario desde su hogar. Si cuenta con la información para respaldar los requisitos establecidos, también puede acercarse a nuestras oficinas.