En su renuncia, Alfredo Carrasco habló de "dos polos de fanatismo" y pidió "elevar el nivel de discusión"

 Alfredo Carrasco presentó su renuncia indeclinable al cargo de Secretario Privado del intendente Cecilio Salazar, la cual se hará efectiva a partir del próximo 29 de junio. En la misiva, Carrasco fundamentó su decisión al señalar que los ciclos terminan "cuando ya no sientan la motivación o las ganas que nos empuja, particularmente a las nuevas generaciones, a estar disponibles al cien por ciento para cumplir con los objetivos requeridos". El funcionario saliente enfatizó la necesidad de poseer "la grandeza y la templanza suficiente para dejar a otro que ocupe el lugar en cuestión" ante la falta de esa disposición plena. En un párrafo de carácter político, Carrasco manifestó su preocupación por lo que denominó una "falta de representatividad del sistema político en general hacia una gran parte de la sociedad", situación que a su criterio somete a la ciudadanía a definirse entre "dos polos de fanatismo" que, por un lado, alzan las ban...

Proyecto para eximir de tasas municipales a los afectados por inundaciones o desbarrancamientos

El bloque de concejales “Frente Renovador Oficial” presentó un proyecto de Ordenanza para eximir del pago de tasas a los propietarios de inmuebles afectados por las inundaciones o los desbarrancamientos.
Las tasas incluídas en la disposición son las de Alumbrado, Limpieza y Conversación de la Vía Pública y Seguridad e Higiene.

La medida alcanza a los propietarios de inmuebles que fueron afectados por las inundaciones o desbarrancamientos que formalmente realicen la petición.
El primero de los requisitos exigidos es que “el bien afectado sea la única propiedad, derecho real de usufructo o posesión del peticionante y revista el mismo carácter de edificado”. Por otro lado, el peticionante deberá ocupar el inmueble con carácter permanente.
Los interesados deberán presentar la constancia del relevamiento que efectuaron las Secretarias de Obras Publicas y Desarrollo Humano y una declaración jurada provista por este organismo. La eximición que se otorgue tendrá vigencia a partir del 1º de febrero hasta que el DEM encuentre una solución a dicha problemática.
 Para el caso de algún contribuyente que solicitare la eximición y no pudieran cumplimentar los requisitos establecidos, el Departamento Ejecutivo podrá excepcionalmente disponer la realización de un estudio social. Si el mismo determina la imposibilidad de atender el pago del tributo mencionado, el Departamento Ejecutivo quedara facultado si lo considera pertinente a bridar la eximición solicitada.
En el supuesto que se declare falsedad en la Declaración Jurada, el contribuyente, sin perjuicio de las multas y sanciones que correspondieren, deberá abonar el monto original de la tasa, su actualización y recargos.