Allanamiento y secuestro de arma de fuego por denuncia de amenazas de muerte

Efectivos policiales de La Tosquera y Río Tala llevaron a cabo una diligencia judicial en el marco de una investigación por amenazas. Se incautó una escopeta calibre 16 en el domicilio del imputado, quien no se encontraba en el lugar. ​Personal del Destacamento La Tosquera, en colaboración con el Destacamento Río Tala, cumplimentó ayer una orden de allanamiento librada por el Juzgado de Garantías Nro. 01 del Departamento Judicial San Nicolás. ​La medida se realizó en el marco de una causa iniciada el pasado 30 de octubre, a raíz de la denuncia de un hombre de 49 años que manifestó haber recibido amenazas de muerte. ​El allanamiento tuvo lugar en un domicilio ubicado en la calle bajada basural S/N, Cuartel 3° de La Tosquera. Al llegar al lugar, el personal policial fue atendido por la pareja del imputado, una mujer de 29 años, ya que el principal investigado no se encontraba en la vivienda. ​La diligencia judicial arrojó resultado positivo, procediéndose al secuestro de una ...

Informan sobre la importancia de guardar el troquel de constancia de votación en las PASO

Los votantes que se acercaron a sufragar con cualquiera de los documentos de identidad válidos para la elección debieron firmar el padrón a la salida del cuarto oscuro y se fueron a casa con un papelito de la Justicia Nacional Electoral que sirve como constancia de voto. 
La pregunta recurrente, ante el riesgo de perderlo o que se traspapele, es cuánto tiempo hay que guardarlo. 
El plazo requerido es de dos meses. 


Ese troquel, recortado del padrón, tiene los datos del votante, la fecha y motivo de la elección: en este caso, "Elecciones Primarias".
Al cabo de ese plazo, la Cámara Nacional Electoral publicará un listado con la nómina de quienes no votaron y, una vez que el elector corrobore que no aparece en él, conservarlo no será necesario.
El Registro quedará constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa correspondiente.
"La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión", subraya el sitio de la Cámara Nacional Electoral.
Si a pesar de haber votado el elector aparece en el registro de infractores, y además no cuenta con la constancia, aún se puede solicitar a la autoridad competente que verifique la firma en el padrón.
Cabe recordar que la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La penalización por no votar ni justificar la omisión en las primarias será de 50 pesos y, en las legislativas de octubre próximo, de 100 pesos. No obstante, quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.

La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral