San Pedro celebra la 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo con actividades adelantadas

La 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo dio inicio este sábado en San Pedro, con una programación que se adelantó debido a las condiciones climáticas. Las actividades comenzaron a las 12:30 tanto hoy como mañana domingo, ofreciendo a vecinos y turistas una variada propuesta que celebra la producción citrícola local. ​El evento cuenta con espectáculos musicales, una feria de emprendedores, diversas propuestas gastronómicas y un espacio central dedicado al trabajo de productores, viveristas y trabajadores citrícolas. En este sector, se destaca una exhibición de embaladores organizada por el Sindicato de Embaladores de la Argentina (SEDA), junto con la entrega de reconocimientos a productores locales por su labor. ​Hasta el domingo 27 inclusive, varias calles del casco céntrico permanecerán cerradas al tránsito para garantizar el desarrollo de la fiesta. Los cortes afectan el perímetro delimitado por las calles J.D. Perón, Pellegrini, 9 de Julio, Mitre y Salta, incluyendo el sec...

Declaran inembargables, por Ley Provincial, las viviendas de ocupación permanente

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El Senado  provincial sancionó en ley la iniciativa del diputado Marcelo Feliú (FpV-PJ) que declara “inembargables e inejecutables” en todo el ámbito bonaerense a todas aquellas propiedades familiares habitadas en forma permanente.

La norma tiene como objetivo la protección de aquellas viviendas denominadas “únicas y de ocupación permanente” y declara su condición de “inembargables e inejecutables”, salvo casos de expresa renuncia de los propietarios a este derecho.


“Es una forma de brindar tranquilidad y seguridad a las familias de la provincia, disponer por ley que la casa que en la que se vive, siempre estará a salvo de cualquier posibilidad de remate o ejecución. Esta salvaguarda ya existe en otras provincias que han avanzado en leyes similares y corresponde que se implemente en Buenos Aires”, consideró el legislador.

La iniciativa establece que, a fin de gozar de este beneficio, los inmuebles comprendidos por esta normativa, deberán constituir la única propiedad del titular destinada a vivienda, ser de ocupación permanente y guardar una relativa y razonable proporción entre la capacidad habitacional y el grupo familiar.

“De esta manera nos aseguramos que el espíritu de la ley no beneficie a quienes, por ejemplo, puedan disponer de muchas casas o departamentos para vivir de rentas. Ellos, como todos, tendrán la posibilidad de proteger al amparo de esta ley a una sola de sus propiedades”, aclaró.

Lo de “relativa y razonable proporción” entre la capacidad habitacional tiene que ver con la imposibilidad de que un grupo familiar reducido o incluso una sola persona, ante una situación determinada, pueda optar por proteger una propiedad de un tamaño desmesurado o suntuoso, algo que atentaría por completo contra el “espíritu” de la ley.

“No pretendemos brindar resquicios a especuladores sino todo lo contrario. Esto apunta a ayudar a familias ante situaciones complicadas o angustiantes. La vivienda única no puede ser moneda de cambio ni estar a merced de la voracidad de nadie”, concluyó Feliú.