Detienen a un joven de Ramallo por robar una garrafa en Gobernador Castro

 Un joven de 21 años, oriundo de la ciudad de Ramallo, fue aprehendido en la noche de ayer en Gobernador Castro, luego de ser sorprendido con una garrafa de 15 kilos que había sustraído de una vivienda. El hecho ocurrió en la calle Ernesto Alves y Sarmiento, donde personal del Destacamento local interceptó al individuo. Según la investigación, el sujeto había saltado el tapial de una casa en la calle Italia al 200 para cometer el hurto.

Multa de casi 100 mil pesos a la CoopSer por deficiencias técnicas

La Cooperativa de Servicios Eléctricos, Públicos y Sociales Ltda. deberá pagar una multa cercana a los 100 mil pesos por deficiencias técnicas. Así lo indica una resolución del Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA) dependiente del Ministerio de Infraestructura, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.
La disposición una penalización de 96.407,27 pesos “por el apartamiento de los límites admisibles de Calidad de Producto y Servicio Técnico”, en el período de control comprendido entre el 1° de junio y el 30 de noviembre de 2011.
   Entre los argumentos de la sanción, se esgrime que el OCEBA solicitó a la CoopSer la información sobre ese período y que la distribuidora remitió las diferentes constancias.
 “Sobre dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo por el auditor (fs 11/13, 55/57), la Gerencia de Control de Concesiones concluyó en su dictamen técnico que: “…surgen las penalizaciones a aplicar por los apartamientos a los parámetros de calidad establecidos en el contrato de concesión correspondiente”. Por ello, se penaliza a la entidad de acuerdo al siguiente detalle:1) Total de Calidad de Producto Técnico: $ 61,32; 2) Total de Calidad de Servicio Técnico: $ 96.345,95; Total Penalización Apartamientos: $ 96.407,27 (fs 150/157).
   La Resolución indica, también que “conforme ya lo ha sostenido este Organismo de Control en casos análogos a la situación descripta, respecto a los aludidos montos de penalización, es conteste entre lo informado por la Distribuidora y lo auditado por la Gerencia Control de Concesiones a través del Área Control de Calidad Técnica, desprendiéndose de ello una suerte de avenimiento, sin necesidad de debate en lo que hace a la cuantía”.
   Además, señala que “el mismo sistema de procedimiento establecido en el Subanexo D, “Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones”, artículo 5.5 “Sanciones por apartamientos a los límites admisibles” apartados 5.5.1 “Calidad del Producto Técnico” y 5.5.2 “Calidad de Servicio Técnico”, del Contrato de Concesión Municipal, para fijar el importe no desconoce el “Principio de la Legalidad de las Penas”, porque la fórmula de cuantificación de la sanción estaría previamente considerada por la ley material y en definitiva su determinación no quedaría al arbitrio de ninguna autoridad, sino de una técnica cuya aplicación arroja la cifra final (conforme argumentos del texto “Las Penas Pecuniarias”, autor Edgar Saavedra R. Editorial Temis, Bogotá, 1984)”.
   Entre otras cuestiones, el OCEBA señala que “dispuso implementar un Régimen de calidad diferencial que impone, entre otras medidas, la obligación de presentar planes de inversión orientados a mejorar la calidad de servicio técnico a cargo de los distribuidores de energía eléctrica”.
   Dadas las circunstancias, la CoopSer deberá pagar ese monto, mientras que la Gerencia de Control de Concesiones deberá dar cumplimiento a las pautas establecidas en el Régimen de Calidad Diferencial.