Provincia y Municipio firman convenio por $15 millones para mejoras en el Hogar Sarmiento

  La Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, Andrea Cáceres, visitó hoy San Pedro para formalizar un importante convenio de subsidio con el municipio local, por un monto de 15 millones de pesos. Los fondos estarán destinados a la adquisición de equipamiento esencial para las obras de refacción que se están llevando a cabo en el Hogar Sarmiento. La jornada de trabajo comenzó en el Palacio Municipal, donde Cáceres fue recibida por el Jefe de Gabinete, Alfredo Carrasco, en representación del Intendente Cecilio Salazar, junto a otros funcionarios municipales y provinciales. Durante el encuentro, se rubricó el acuerdo que permitirá la compra de aires acondicionados, cocina, heladera, freezer, grifería y sanitarios para el hogar.

La mediación será obligatoria en la Provincia en conflictos civiles y comerciales

A partir del próximo lunes comenzará a regir en la provincia de Buenos Aires el procedimiento de Mediación Prejudicial Obligatoria, un mecanismo de resolución de conflictos civiles y comerciales, antes de que sean elevados a los estrados judiciales. 
A partir del lunes, las causas comerciales y civiles que ingresen a los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires motivará el sorteo de un mediador, dentro de un listado de mediadores matriculados habilitados por el Ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense, quien se encargará de resolver la cuestión.

También en esa oportunidad se sorteará el Juzgado que, eventualmente entenderá en la homologación del acuerdo al que se arribe. 
El mediador dentro del plazo de cinco días de notificado, fijará la fecha de la audiencia a la que deberán comparecer las partes, las que en ningún caso podrá ser superior a los cuarenta y cinco días corridos de la mencionada designación. 
El plazo para la Mediación será de hasta sesenta días corridos a partir de la última notificación al requerido, previéndose que, las partes, de común acuerdo, puedan proponer una prórroga de hasta 15 días. 
Si vencido ese plazo no se hubiera arribado a una solución del conflicto, se labrará acta y quedará expedita la vía judicial. 
Quedan exceptuados del carácter previo y obligatorio de la mediación: "las causas penales sometidas a mediación voluntaria de acuerdo a la ley 13.433; acciones de separación personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad, alimentos, guardas y adopciones; procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación". 
También se exceptúan los procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación; las causas en las que el Estado Nacional, Provincial, Municipal o los Entes Descentralizados sean parte; los amparos, los hábeas corpus; los juicios sucesorios y voluntarios; los concursos preventivos y quiebras; las causas que tramiten ante los Tribunales Laborales y las que tramiten ante los juzgados de paz.