Allanamiento y secuestro de arma de fuego por denuncia de amenazas de muerte

Efectivos policiales de La Tosquera y Río Tala llevaron a cabo una diligencia judicial en el marco de una investigación por amenazas. Se incautó una escopeta calibre 16 en el domicilio del imputado, quien no se encontraba en el lugar. ​Personal del Destacamento La Tosquera, en colaboración con el Destacamento Río Tala, cumplimentó ayer una orden de allanamiento librada por el Juzgado de Garantías Nro. 01 del Departamento Judicial San Nicolás. ​La medida se realizó en el marco de una causa iniciada el pasado 30 de octubre, a raíz de la denuncia de un hombre de 49 años que manifestó haber recibido amenazas de muerte. ​El allanamiento tuvo lugar en un domicilio ubicado en la calle bajada basural S/N, Cuartel 3° de La Tosquera. Al llegar al lugar, el personal policial fue atendido por la pareja del imputado, una mujer de 29 años, ya que el principal investigado no se encontraba en la vivienda. ​La diligencia judicial arrojó resultado positivo, procediéndose al secuestro de una ...

Una resolución unifica el valor máximo del arsénico en 0.05 mg por litro de agua

La publicación en el Boletín Oficial de dos resoluciones ministeriales, confirma la prórroga del plazo para adecuarse a la norma del Código Alimentario Argentino que exigía 0,01 mg/l de arsénico en agua de bebida o usada para la fabricación de alimentos.
El licenciado Enrique Hopman explicó que “hasta que los estudios sanitarios encomendados lo avalen el máximo permitido seguirá siendo 0,05 mg/l por 5 años mas, por lo menos”.

El geólogo agregó que “son dos resoluciones que modifican otra del 2007 y que habla de las industrias que usan agua, y que debían bajar el contenido de arsénico a 0.01 mg por litro, mientras que los que se abastecían de agua tenían que tratar el agua”.
En San Pedro, se había instalado una polémica luego de que, desde la oposición, se insistiera en la idea de que el agua de nuestra ciudad tenía niveles elevados de arsénico, porque superaban el máximo permitido por le Código Alimentario.
“Las empresas, incluso locales, estaban preocupadas porque usan agua subterránea y tiene valores superiores a 0.01 e inferiores a 0.05. El cambio se realizó a pedido de muchas provincias, ya que no existe posibilidad económica inmediata de que Municipios, empresas u otros, puedan bajar ese nivel a partir del proceso de ósmosis inverso, y están exigiendo estudios eficientes que indiquen que el agua con más de 0.01 de arsénico provoca problemas en la salud” precisó Hopman.
La resolución conjunta 34/2012 y 50/2012, expresa, puntualmente, que se prorroga “por el plazo de cinco (5) años previsto en los articulas 982 y 983 del Código Alimentario Argentino, para alcanzar el valor de 0,01 mg/I de arsénico en 105 términos previstos en dichos artículos, hasta contar con los resultados del estudio "Hidroarsenicismo y Saneamiento Básico en la República Argentina - Estudios básicos para el establecimiento de criterios y prioridades sanitarias en cobertura y calidad de aguas" cuyos términos fueron elaborados por la Subsecretaria de Recursos Hídricos del Ministerio de Planificación Federal.