El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Los responsables del hackeo a la web de COOPSER podrían recibir hasta 6 meses de prisión

La página salió de servicio
a raíz del hackeo
El Dr. Mario Sánchez Negrete, abogado y concejal, que además es especialista en temas vinculados a Internet, consideró que el hackeo a la página de COOPSER es “de pésimo mal gusto y lo lamentable es que se juegue con la vida de las personas”.
Sánchez Negrete agregó que “el hackeo existe y seguirá existiendo pero nunca había visto un caso de este mal gusto, que es lamentable”.
Al mismo tiempo, informó que una Ley del año 2008 modifica el código penal en su artículo 153 bis, incluyendo sanciones que se extienden hasta los seis meses de prisión para estos casos.
El artículo mencionado señala que “será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido”.
Además, se agrega que “la pena será de un (1) mes a un (1) año de prisión cuando el acceso fuese en perjuicio de un sistema o dato informático de un organismo público estatal o de un proveedor de servicios públicos o de servicios financieros”.