El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Las boletas electorales no podrán tener fotos de Perón, Evita, el Che o Irigoyen

Este modelo de boletas no podrá utilizarse
Las boletas que se utilizarán en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, previstas para el 14 de agosto serán de colores y sólo podrán tener fotografías de los candidatos.
El apoderado del PJ, Jorge Landau, reconoció que "el principal afectado por este decreto sería el Peronismo", debido a que se caracteriza por utilizar en sus boletas los rostros de Perón y Evita. Además, según consta en la imagen relacionada, los partidos de izquierda también acostumbraban a poner el ya mítico retrato de Ernesto Che Guevara. "La idea apunta a generar una inmediatez entre el candidato y su rostro, por eso se autorizó sólo la incorporación de las fotos de los candidatos", explicó el legislador a Infobae.com.
De todos modos, desde el gobierno se aclaró que la medida no incluye los encabezados.
En el decreto 444 que se publicó en el Boletín Oficial , en el que quedan establecidos los criterios para la confección de las boletas electorales que se utilizarán en las primarias.
En el artículo 1 del decreto se establece que el papel de las boletas "deberá ser tipo obra de 60 gramos o un papel sustituto de similar calidad y apariencia con un gramaje que no difiera, en más o menos, del 15%; en el anverso podrá tener fondo del color asignado y en el reverso deberá ser blanco".
En tanto, la tipografía "será de color negro o blanco" para garantizar la mejor legibilidad de la identificación partidaria y de la nómina de los candidatos, aunque también "puede utilizarse tipografía del color asignado sobre fondo blanco".
También se establece que "sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro, las que se ubicarán en el tercio central de la boleta" y "no podrán utilizarse imágenes como fondo ni sello de agua".