El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Los empleados públicos se jubilarían con 35 años de aporte, sin importar la edad

El diputado bonaerense Gustavo Vignali (UCR) presentó un proyecto de ley que establece una modificación con carácter excepcional en las jubilaciones de la administración pública. Según la iniciativa, estos cambios sólo se aplican para el caso de los agentes de la administración pública provincial y municipal con aportes de 35 años efectivos al IPS, prescindiendo la edad que tengan al momento de cumplir con los aportes exigidos. En otras palabras, no se computarán, para acceder a este beneficio, años de aportes de extraña jurisdicción que el agente tenga aportados fuera del sistema previsional provincial.
Asimismo, y por tratarse de una jubilación de carácter ordinario y excepcional, tendrá el agente el derecho de optar.
En ese marco, el legislador sostuvo que “la incorporación de esta modificación tiene como espíritu principal establecer la igualdad de derechos entre los agentes de la administración publica. Esto es, como está en la actualidad, se sostiene el principio de que para la adquisición del derecho jubilatorio ordinario se requieren requisitos de edad y servicios, y ambos van unidos (35 de servicios y 60 de edad)”.
“De esta manera –explicó Vignali- numerosos agentes públicos que han ingresado con 18 años de edad a la administración, al cumplir sus 35 años de aportes, cuentan con la edad de 53 años, faltándoles, entonces, siete años más de trabajo para poder acceder a la jubilación. Esta situación de trabajar durante un período mayor para alcanzar el beneficio no se ve reflejada al momento de jubilarse en beneficio alguno, es decir, no incrementa en nada su porcentaje jubilatorio ni obtiene ningún tipo de privilegios”.
[Información Agencia Nova]