Proponen implementar la firma digital y el expediente electrónico en el Concejo Deliberante

El bloque de concejales de Fuerza Patria presentó un proyecto de decreto destinado a modernizar el funcionamiento administrativo y legislativo del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de San Pedro, mediante la implementación de la firma digital y el expediente electrónico. La iniciativa busca establecer el régimen técnico-legal para avanzar hacia la "despapelización" de la administración pública local, fundamentada en el marco normativo vigente a nivel nacional y provincial. De acuerdo con el texto de la propuesta, el nuevo sistema se regirá bajo los principios de equivalencia funcional, neutralidad tecnológica y progresividad. El proyecto detalla qué documentos deberán ser suscritos de manera digital, define la plataforma oficial que se adoptará para tal fin, regula la gestión de los certificados correspondientes y prevé la capacitación obligatoria del personal del cuerpo deliberativo. Para garantizar una transición ordenada, la iniciativa contempla un cronograma de implement...

Inician los controles antitabaco

La Subsecretaría de Salud de la Municipalidad de San Pedro informó que comenzaron los operativos de control antitabaco en toda la Provincia de Buenos Aires, tal como lo dispuso la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud bonaerense.
Las inspecciones apuntan a dar cumplimiento a la Ley 13.894 y su Decreto Reglamentario 1626/09. El Municipio está facultado para efectuar los apercibimientos y multas que correspondan ante la falta a la norma.
La Ley en cuestión prohíbe el consumo de tabaco en todos los ámbitos estatales, lugares de trabajo, transportes públicos y espacios cerrados de acceso público del ámbito privado.
También prohíbe, en forma absoluta, el consumo de tabaco en todos los espacios, tanto abiertos como cerrados, de los establecimientos de salud y educativos de carácter público.
Entre otras cuestiones, la normativa establece que no se podrá fumar en ningún ámbito privado de acceso público, lo que incluye “todo lugar donde se ejerza algún tipo de actividad comercial, recreativa, cultural o deportiva”: entre estos lugares figuran bares, restaurantes, shopping, locutorios, cybers, entre otros.
En este punto se admitirá, a modo de excepción, la habilitación de zonas específicas para fumar en aquellos espacios cerrados del ámbito privado (por ejemplo, bares y restaurantes) que tengan un espacio destinado al público igual o superior a los 100 m2. No obstante, el sector fumador no podrá ser superior al 30% del total del local en cuestión y deberá estar completamente separado del espacio libre de humo con un sistema de ventilación propio, además de estar debida y visiblemente señalizado.
Donde sí se permite fumar es en los patios, terrazas, balcones y los espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso público como restaurantes, bares, cibers, salas de fiestas, estaciones terminales, gimnasios, entre otros. Pero en esos lugares la ley obliga a colocar o readecuar sistemas de purificación del aire y ventilación. Y el personal que trabaje en esos lugares deberá recibir controles médicos anuales.