COOPSER ratificó su reclamo a un desarrollo inmobiliario por una deuda de 31 millones de pesos en obras de electrificación
El Consejo de Administración de la Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos Públicos y Sociales San Pedro Ltda. (COOPSER) hizo pública su postura respecto de las controversias vinculadas al desarrollo inmobiliario Azahar San Pedro y confirmó la existencia de un saldo impago superior a los 31 millones de pesos por obras de electrificación ya concluidas.
Desde la entidad remarcaron que el cuestionamiento sobre los costos no fue planteado con anterioridad a las tareas, sino "recién cuando la tercera etapa se encontraba íntegramente concluida y restaba cancelar el saldo pendiente". Asimismo, el texto detalla irregularidades registradas en la operatoria de pagos mediante depósitos de cheques de terceros con rechazos bancarios por fallas formales y falta de fondos, situaciones que fueron debidamente documentadas e intervinieron mediante acta notarial.
En relación a las actuaciones ante el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), COOPSER sostuvo haber agotado las instancias administrativas e intimaciones por carta documento para alcanzar un acuerdo. "Aceptar que una obra sea ejecutada, recibida y utilizada sin el pago íntegro del precio convenido implicaría trasladar ese perjuicio económico a todos los asociados", sostuvieron los directivos, al tiempo que ratificaron su obligación de "garantizar que el patrimonio construido durante décadas por generaciones de asociados sea administrado con responsabilidad, transparencia y firmeza".
Comunicado íntegro de COOPSER
LA VERDAD SOBRE EL LOTEO AZAHAR SAN PEDRO El deber de COOPSER de defender el patrimonio de todos sus asociados
En los últimos días se han difundido manifestaciones públicas que atribuyen a COOPSER haber actuado arbitrariamente en relación con el desarrollo inmobiliario Azahar San Pedro (cuyo titular es Andrés Scazariello).
Ante ello, el Consejo de Administración considera un deber institucional informar a nuestros asociados y a toda la comunidad los hechos documentados que dieron origen a esta situación.
No pretendemos polemizar con ninguna persona. Pretendemos que los vecinos conozcan la verdad completa.
UNA OBRA CONTRATADA, ACEPTADA Y EJECUTADA En noviembre de 2023 COOPSER celebró con Azahar San Pedro S.A. un convenio para ejecutar las obras de electrificación necesarias para abastecer el emprendimiento.
Como ocurre con cualquier desarrollo privado, la Cooperativa elaboró los presupuestos correspondientes, los notificó al desarrollador y, luego de la aceptación y de los pagos parciales efectuados, inició la ejecución de los trabajos.
La tercera etapa fue presupuestada y comunicada oportunamente. Ese presupuesto fue aceptado en tiempo y forma. Sobre esa base, COOPSER ejecutó íntegramente la obra, la finalizó dentro de los plazos previstos y puso a disposición del emprendimiento las instalaciones comprometidas.
Posteriormente remitió el detalle de los trabajos realizados, los pagos recibidos y el saldo pendiente.
A pesar de ello, permanece impago un saldo de $31.219.526,99, correspondiente a trabajos efectivamente ejecutados.
EL CUESTIONAMIENTO SURGIÓ DESPUÉS DE TERMINADA LA OBRA Uno de los aspectos más importantes que la comunidad debe conocer es que la controversia sobre el valor del presupuesto no fue planteada antes de ejecutar la obra.
COOPSER ejecutó los trabajos sobre la base de un presupuesto conocido por las partes, aceptado y utilizado como fundamento para la continuación del contrato.
Recién cuando la tercera etapa se encontraba íntegramente concluida y restaba cancelar el saldo pendiente comenzaron los cuestionamientos respecto de su importe.
La Cooperativa sostiene que ese presupuesto reflejaba los costos reales de materiales, mano de obra especializada, equipos, cargas laborales y demás recursos necesarios para ejecutar la obra, conforme a la estructura de costos propia de una distribuidora eléctrica sometida a obligaciones técnicas y de seguridad que no admiten improvisaciones.
IRREGULARIDADES EN LOS PAGOS Durante la ejecución del contrato se produjeron situaciones administrativas absolutamente inusuales.
COOPSER recibió en su cuenta numerosos depósitos instrumentados mediante cheques de terceros, cuya operatoria generó múltiples rechazos bancarios por distintos motivos, entre ellos diferencias de endosos, defectos formales, falta de fondos y denuncias de extravío o sustracción.
Toda esa situación fue documentada, certificada por escribana pública y posteriormente reconocida mediante documentación suscripta por la propia empresa desarrolladora, deslindando la responsabilidad de COOPSER respecto de dicha operatoria.
Estos antecedentes demuestran que la relación contractual ya presentaba importantes dificultades mucho antes del conflicto actualmente difundido.
LA ACTUACIÓN ANTE OCEBA Lejos de adoptar decisiones intempestivas, COOPSER participó durante meses en inspecciones, audiencias y presentaciones administrativas convocadas por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires.
En dichas actuaciones la Cooperativa presentó presupuestos, documentación técnica, antecedentes contractuales y fundamentos jurídicos destinados a explicar el origen y composición de los costos reclamados.
Asimismo respondió los requerimientos formulados por el Organismo y ratificó reiteradamente que la obra había sido ejecutada conforme al convenio celebrado entre las partes.
No obstante ello, COOPSER manifestó formalmente su discrepancia con determinados criterios sostenidos durante el trámite administrativo, especialmente aquellos orientados a promover la revisión de un presupuesto cuya ejecución ya había sido aceptada y concluida.
Desde la perspectiva institucional de esta Cooperativa, tales intervenciones produjeron una prolongación del conflicto y postergaron durante meses la percepción de una deuda derivada de una obra ya ejecutada, circunstancia que afectó el normal recupero de recursos pertenecientes a todos los asociados.
COOPSER considera que las diferencias respecto del valor de una obra deben plantearse antes de su ejecución y no cuando la infraestructura ya fue construida, utilizada y puesta al servicio del emprendimiento.
LA LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN Otro de los puntos discutidos fue la existencia de una línea de media tensión instalada en el predio.
La Cooperativa sostuvo y documentó que dicha línea se encuentra energizada y prestando servicio público desde el año 1984, es decir, varias décadas antes de la aprobación y ejecución del loteo.
En consecuencia, entiende que cualquier adecuación derivada del nuevo fraccionamiento constituye una consecuencia propia del desarrollo inmobiliario y no una obligación económica que deba ser trasladada al conjunto de los asociados de COOPSER, como pretendía el funcionario del Organismo en beneficio del desarrollador. Situación que fue comprendida por el organismo una vez presentada la documentación.
TODAS LAS INSTANCIAS FUERON AGOTADAS Antes de adoptar cualquier medida, COOPSER remitió carta documento intimando formalmente el pago del saldo adeudado, otorgando plazo para regularizar la situación y advirtiendo las consecuencias legales derivadas del incumplimiento.
También concurrió a todas las instancias administrativas convocadas, respondió los requerimientos formulados y mantuvo abierta la posibilidad de una solución consensuada.
Lamentablemente, esas gestiones no permitieron obtener el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el desarrollador.
DEFENDER EL PATRIMONIO DE LA COOPERATIVA NO ES UNA OPCIÓN COOPSER administra recursos que pertenecen a miles de asociados.
Cada transformador instalado, cada conductor tendido, cada columna colocada y cada hora de trabajo ejecutada fueron financiados con recursos que integran el patrimonio común de nuestra Cooperativa.
Aceptar que una obra sea ejecutada, recibida y utilizada sin el pago íntegro del precio convenido implicaría trasladar ese perjuicio económico a todos los asociados, quienes no tienen porqué soportar el incumplimiento contractual de un tercero.
El Consejo de Administración tiene el deber legal, estatutario y ético de proteger esos recursos.
No hacerlo significaría incumplir la responsabilidad que la comunidad le ha confiado.
EL COMPROMISO DE COOPSER COOPSER continuará respetando el marco regulatorio vigente, colaborando con las autoridades competentes y ejerciendo todos los derechos que el ordenamiento jurídico le reconoce.
Cuando existan diferencias técnicas o jurídicas, las mismas deberán resolverse dentro de las instituciones y, de ser necesario, ante los tribunales competentes.
Nuestra voluntad nunca ha sido perjudicar a ningún vecino.
Nuestra obligación, en cambio, es garantizar que el patrimonio construido durante décadas por generaciones de asociados sea administrado con responsabilidad, transparencia y firmeza.
Porque defender a COOPSER es defender el esfuerzo de toda una comunidad.
Consejo de Administración
COOPSER – Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos Públicos y Sociales San Pedro Ltda.
21 de julio de 2026
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