El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires oficializó el nuevo valor de las multas de tránsito que rigen en todo el territorio provincial desde el 1° de enero de 2026. A través de una resolución de la
Subsecretaría de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense, se actualizó el monto de la Unidad Fija (UF), el parámetro utilizado para determinar las sanciones económicas.Según la normativa vigente, el valor de la UF quedó establecido en $1.807 para el primer bimestre del año (enero-febrero). Este monto surge de la equivalencia legal con el precio de un litro de nafta de mayor octanaje, según el relevamiento informado por la sede platense del Automóvil Club Argentino (ACA).
El sistema de Unidades Fijas funciona como un mecanismo de actualización automática para evitar el desfasaje de las sanciones ante el incremento de los combustibles. De esta manera, cada infracción contemplada en el Código de Tránsito provincial se traduce en montos en pesos que, en los casos de mayor gravedad, superan la barrera del millón y medio de pesos.
Los nuevos montos según la infracción
Con la nueva actualización, las multas por alcoholemia positiva, exceso de velocidad o circular sin la Verificación Técnica Vehicular (VTV) parten de un piso de $271.050 y pueden escalar hasta los $1.807.000, dependiendo de los atenuantes, agravantes y la condición de reincidencia del conductor.
A continuación, el detalle de los valores vigentes para el inicio de 2026:
| Infracción | Rango en UF | Monto en pesos |
| Alcohol o drogas al volante | 200 a 1.000 | $361.400 - $1.807.000 |
| Exceso de velocidad | 150 a 1.000 | $271.050 - $1.807.000 |
| Circular sin VTV | 300 a 1.000 | $542.100 - $1.807.000 |
| Circular en contramano o banquina | 200 a 1.000 | $361.400 - $1.807.000 |
| Semáforo en rojo / Sin cinturón | 100 a 500 | $180.700 - $903.500 |
| Conducir sin seguro o licencia vencida | 50 a 100 | $90.350 - $180.700 |
| Mal estacionamiento | 50 a 100 | $90.350 - $180.700 |
Desde la cartera de Transporte recordaron que la legislación establece la publicación bimestral de estos valores y que su aplicación es exclusiva para el cálculo de sanciones, sin modificar el régimen de infracciones ni los rangos de unidades fijas ya establecidos por la ley.