Los concejales Melina Panatteri y Joaquín González presentaron un proyecto de ordenanza que busca "incentivar la actividad económica local" mediante una reducción de tasas para nuevos emprendimientos. La iniciativa propone una exención del 50% en el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante el primer año de actividad."
El proyecto, ingresado bajo el número de expediente 5691/26, surge "como una respuesta a la necesidad de dinamizar la economía del partido y reducir las barreras económicas que enfrentan los emprendedores al momento de formalizar un comercio". Según los fundamentos de la propuesta, se busca que el Municipio "adopte políticas activas que acompañen a quienes deciden invertir y generar empleo genuino en la región".
Detalles del beneficio La normativa establece que la exención del 50% en la tasa mencionada tendrá una vigencia de doce meses, contados a partir del otorgamiento de la habilitación municipal definitiva. Se considerará como "nuevo comercio" a toda actividad que se registre por primera vez en un domicilio determinado, siempre que en dicho lugar no haya funcionado una habilitación comercial en los últimos doce meses.
Un punto central de la iniciativa es que el beneficio está orientado exclusivamente a quienes realicen el trámite de habilitación de manera voluntaria. Por el contrario, quedarán excluidos del descuento aquellos comerciantes que inicien el proceso de regularización tras haber sido intimados por la autoridad municipal.
Fomento a la inversión privada Los autores del proyecto destacaron que el fortalecimiento del sector privado es la vía más eficiente para ampliar la base productiva de San Pedro. "La reducción de la carga tributaria inicial constituye una herramienta necesaria para impulsar la actividad y favorecer el ejercicio de la libertad económica", señalaron entre los considerandos del texto.
De ser aprobada, la Secretaría de Hacienda funcionará como autoridad de aplicación y se encargará de reglamentar e implementar este nuevo régimen, el cual podrá ser acumulativo con otros beneficios de promoción tributaria de nivel provincial o nacional. Finalmente, la norma aclara que la medida no tendrá carácter retroactivo ni implicará la condonación de deudas fiscales previas a su entrada en vigencia.
