Dictaron la falta de mérito para autoridades municipales en la causa por presunta contaminación del Río Paraná


El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Nicolás resolvió decretar la falta de mérito en favor de autoridades actuales y anteriores de la Municipalidad de San Pedro, en el marco de una causa que investiga el presunto vertido de efluentes cloacales sin tratamiento en el Río Paraná, aunque ordenó una serie de medidas para profundizar la investigación y evaluar el impacto ambiental y sanitario de la situación 

La resolución alcanza al intendente Cecilio Salazar y a los funcionarios Javier Hernán Silva, Ariel Hernán Álvarez, Mariano Brañas y Jorge Carlos Ponzio, quienes habían sido imputados por una supuesta infracción a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos. 

El tribunal consideró que, en el estado actual del proceso, no existen elementos suficientes para dictar su procesamiento ni su sobreseimiento, por lo que dispuso la falta de mérito prevista en el artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación, sin perjuicio de la continuidad de las actuaciones 

En su fallo, el juez repasó el origen de la causa, que se inició en 2022 a partir de una investigación por contaminación hídrica que derivó en la detección de valores elevados de coliformes fecales y la presencia de Escherichia coli en muestras tomadas en la costa de San Pedro. Los estudios técnicos incorporados al expediente señalaron que los efluentes cloacales de la ciudad serían volcados al río sin tratamiento previo, debido a la inactividad de la planta depuradora local desde la década de 1980 

No obstante, la magistratura entendió que, si bien se acreditó la existencia de descargas cloacales sin tratar, aún no se cuenta con información suficiente para determinar con certeza la existencia de un peligro concreto para la salud pública, elemento central para la configuración del delito investigado. En ese sentido, se destacó la ausencia de estadísticas sanitarias que vinculen de manera directa la contaminación del río con afecciones en la salud de la población local 

Por ese motivo, junto con la falta de mérito, el juzgado dispuso una batería de medidas orientadas a profundizar la investigación. Entre ellas, ordenó a la Secretaría de Salud municipal que recabe informes estadísticos de efectores públicos y privados sobre diagnósticos vinculados a enfermedades derivadas o transmitidas por agua contaminada desde 2022 hasta la actualidad. Asimismo, requirió a la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires la realización de un estudio para evaluar la capacidad natural de dilución del Río Paraná en la zona de San Pedro, a fin de determinar su aptitud para procesar los efluentes cloacales que recibe 

La resolución también solicita a la Dirección Provincial de Agua y Cloacas que remita toda la información disponible sobre la planificación, ejecución y supervisión de proyectos de plantas de tratamiento cloacal en la ciudad desde 2022, y a la empresa 5 de Septiembre S.A. que informe la fecha de presentación del informe final del proyecto de optimización y ampliación del sistema de desagües cloacales local, financiado por el Consejo Federal de Inversiones 

Finalmente, el juzgado hizo saber al Ejecutivo municipal que deberá formular, a través de la secretaría competente, las recomendaciones que considere más adecuadas para resguardar la salud de la población, en el marco de una problemática que lleva varias décadas sin una solución estructural definitiva