Dictaron la falta de mérito para autoridades municipales en la causa por presunta contaminación del Río Paraná

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Nicolás resolvió decretar la falta de mérito en favor de autoridades actuales y anteriores de la Municipalidad de San Pedro, en el marco de una causa que investiga el presunto vertido de efluentes cloacales sin tratamiento en el Río Paraná, aunque ordenó una serie de medidas para profundizar la investigación y evaluar el impacto ambiental y sanitario de la situación  La resolución alcanza al intendente Cecilio Salazar y a los funcionarios Javier Hernán Silva, Ariel Hernán Álvarez, Mariano Brañas y Jorge Carlos Ponzio, quienes habían sido imputados por una supuesta infracción a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos. 

Condenan a un banco a devolver fondos a un sampedrino víctima de phishing


 Un fallo judicial dictado en San Nicolás condenó al Banco Santander Río S.A. a restituir la suma de 245.000 pesos sustraídos a un cliente de San Pedro a través de una maniobra de phishing ocurrida en marzo de 2021. La sentencia, que establece la responsabilidad objetiva del banco por fallas de seguridad, obliga además a la entidad a pagar una indemnización por daño moral y daños punitivos, marcando un precedente en el Departamento Judicial.

La resolución fue emitida por la Dra. María Eugenia Sormani, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 4 de San Nicolás, en el marco de la causa por "Daños y Perjuicios" iniciada con el patrocinio legal de las abogadas Mariana Millet y Sandra Berthet.

En su dictamen, la Jueza Sormani declaró la "inexistencia" de las transferencias fraudulentas. El argumento central del fallo es que el banco incumplió con su "obligación de seguridad objetiva sobre sus sistemas" al no detectar las operaciones sospechosas, un punto en el que el cliente no tenía responsabilidad.

Según la reconstrucción del caso, el hecho se remonta al 23 de marzo de 2021, un día feriado, cuando un tercero logró hackear el correo electrónico del cliente para obtener una clave de homebanking. A través de esta clave, se realizaron tres transferencias consecutivas en cuestión de minutos durante la madrugada. Las letradas destacaron que la víctima, cuya cuenta era de tipo sueldo, tenía un perfil de usuario con bajo uso de tecnología y solo realizaba una transferencia mensual a una misma persona y desde un cajero.

A pesar de que el cliente realizó la denuncia telefónicamente el 24 de marzo y de forma presencial el 25 en la sucursal, el Banco le atribuyó la responsabilidad por supuestamente haber entregado la clave a un tercero.

"Demostramos que el Banco no pudo probar que nuestro cliente haya dado la clave a un tercero, que era su cuenta sueldo, y que el dinero sustraído, $245.000 en ese momento, eran sus ahorros destinados a la construcción de un techo", indicaron las abogadas patrocinantes.

Durante el proceso, se acreditó mediante una pericia informática que el hackeo se había realizado desde Venezuela o México. Además, las letradas recordaron que el Banco Santander ya había sido notificado por carta documento y cédula y no se presentó a las audiencias, y que la entidad poseía antecedentes de multas por parte de la Secretaría de Comercio por no asegurar la seguridad de sus clientes.

"La jueza tomó como base un fallo en La Plata y creo que estamos marcando un precedente importante en el Departamento Judicial", señalaron las abogadas.

Finalmente, la sentencia condena al Banco Santander Río S.A. a devolver los $245.000 sustraídos, a lo que se suma una indemnización por daño moral y la aplicación de daños punitivos. Si bien la demanda se inició en agosto de 2022, la Dra. Sormani dispuso que los intereses de la suma correrán desde el día mismo del hecho en marzo de 2021, una vez que la sentencia quede firme.