En una sentencia considerada histórica para la Justicia entrerriana, el
Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a
tres puesteros oriundos de San Pedro a penas de
prisión efectiva por la
quema intencional de 6.000 hectáreas de humedales en el sector de Islas de las Lechiguanas, en el Delta entrerriano.
Los jueces los hallaron culpables del delito de estrago doloso, una figura del Código Penal destinada a hechos con alto impacto social y ambiental.
Los condenados fueron identificados como Oscar Alberto Magallanes y Jesús Alberto Magallanes, quienes recibieron una pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva, y Miguel Ramón Morales, sentenciado a 3 años y 2 meses. Los tres son puesteros con colmenas instaladas en la zona afectada.
El hecho, ocurrido el 23 de agosto de 2023, provocó que las llamas, impulsadas por el viento, arrasaran una vasta extensión de territorio, causando graves daños a la flora y fauna local. Las consecuencias del incendio se hicieron sentir incluso en ciudades como Rosario y Buenos Aires, donde se reportó la presencia de cenizas en el aire.
El fiscal General Federal José Ignacio Candioti, quien sostuvo la acusación, destacó la relevancia de la decisión judicial en materia ambiental. "Se los condenó por la figura del estrago doloso, ya que el daño causado fue muy significativo. En el alegato mencionamos la flora y fauna devastada y el impacto en la salud pública", explicó Candioti.
El fiscal remarcó que el material probatorio fue abundante y contundente, incluyendo pericias y documentación aportadas por organismos provinciales y nacionales, como la División Ambiental de la Policía Federal. "Entre los testimonios había especialistas que hablaron de afecciones a la salud pública. Era un hecho que no podía quedar impune, por eso pedimos la prisión efectiva", afirmó. Durante el debate, se presentaron informes técnicos e investigaciones que detallaron el daño a la flora, la fauna, el suelo y la salud de las personas. Testimonios sólidos y detallados, como los brindados por Matías De Bueno, director del Observatorio Ambiental de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), y Damián Verzeñassi, director del Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNR, fueron claves para la acusación.
La sentencia, dictada el 28 de julio, es la primera condena de este tipo en la Justicia Federal de Entre Ríos por quemas en humedales. La decisión del Tribunal, a cargo de Noemí Berros, se conocerá en su totalidad con la lectura de los fundamentos el 5 de agosto. La condena será considerada firme si no se presenta un recurso de casación antes de esa fecha. Previamente, el Tribunal ya había rechazado el pedido de suspensión del juicio a prueba solicitado por la defensa de los acusados.