El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

El Concejo Deliberante analiza una nueva normativa para los cementerios públicos


El bloque de concejales de Unión por la Patria ha presentado un proyecto de ordenanza que busca establecer una nueva normativa para el funcionamiento de los cementerios públicos en el partido. 

La iniciativa está firmada por los concejales Candelaria Cuscuela, Christian Raúl Leguizamón, Rita Karina Leguizamón y Daniel Creus. 

Según el proyecto, es "indispensable contar con una nueva norma que regule el procedimiento y la dinámica del funcionamiento de los cementerios públicos, teniendo en cuenta la forma en que se lleva a cabo la prestación actualmente, las limitaciones territoriales y características actuales de los mismos".

El proyecto de ordenanza "regula comprende los diferentes supuestos en cuanto al uso del mismo y sus servicios, como así también las cuestiones relativas a ingresos, egresos, administración, transferencia, disposición, concesión, permisos y traslados de los restos". Se considera "necesario establecer normas generales en lo que respecta a su funcionamiento".

Entre los principios generales, se establece que las tierras de los cementerios del Partido de San Pedro pertenecen al dominio público municipal. Se propone una clasificación de secciones que incluye panteones y bóvedas, nichos comunes, nichos para restos reducidos, sepulturas en tierra por tiempo determinado y fosa común.

La propuesta detalla los requisitos para inhumaciones y exhumaciones, incluyendo la necesidad de planilla de la empresa, licencia del Registro Nacional de las Personas, título de propiedad y libre de deudas para propiedades. También se establecen plazos y condiciones para el depósito provisorio de restos. Para exhumaciones, se requerirá documentación específica como la licencia de inhumación, ubicación de la sepultura y libre de deudas, además de documentación para cremación.

Los horarios de servicio para el ingreso de fallecidos serán de lunes a sábados de 9 a 15 hs y los domingos de 9 a 12 hs. Las inhumaciones no podrán realizarse antes de las 12 horas siguientes a la muerte ni demorarse más de 36 horas, salvo orden policial o judicial. Se prohíbe la exhumación de fallecidos en épocas de epidemias o pandemias.

En cuanto a los arrendamientos, plazos y concesiones, la Municipalidad mantendrá el dominio de las tierras. La adjudicación se realizará de forma directa por vía administrativa y en la Dirección de Rentas, con plazos definidos para sepulturas de alquiler (cinco años), sepulturas para indigentes y menores de 10 años (cinco años), nichos y terrenos para sepulcros y cuerpos de nichos (veinte años), y terrenos para bóvedas (cincuenta años). Se establece que, al vencer el plazo de las sepulturas en tierra, se informará a los titulares sobre la renovación o la reducción/posesión del cadáver, bajo apercibimiento de traslado al Osario Municipal. La Municipalidad podrá disponer libremente de los nichos y tierras desocupadas.

El proyecto también contempla sanciones por incumplimiento, que se aplicarán con multas del 20% al 200% del salario mínimo del personal municipal, fondos que se destinarán al mantenimiento de los cementerios.

En relación a los panteones, se requerirá permiso de la administración del panteón para el ingreso de fallecidos. Se limita el número de tumulaciones y urnas por catre. El personal municipal será el encargado de los movimientos internos (reducciones, traslados). Se establece que la administración de los panteones deberá otorgar al área operativa un censo semestral y una copia de la llave. En caso de incumplimiento, el Departamento Ejecutivo aplicará sanciones.

Finalmente, en las disposiciones generales, se prevé la gratuidad para el velatorio en la capilla del cementerio municipal en casos autorizados. Se detalla que las sepulturas para indigentes y menores de 10 años están exceptuadas del pago de ingreso y arrendamiento. Se define una fosa común para restos sin destino especial. Los nichos tendrán capacidad para un solo cajón, reducible después de 35 años, y podrán contener restos o cenizas de familiares del primer ocupante. Se exigirá la colocación de una lápida en los nichos. Se prohíbe el transporte de cadáveres en vehículos no autorizados.

El proyecto también incluye un procedimiento para las reparaciones necesarias en panteones, bóvedas, sepulcros, nichos o sepulturas en tierra. Se establece un plazo de 30 días para realizar los trabajos, tras lo cual se declarará la caducidad de la concesión y la Municipalidad tomará posesión, procediendo a la reducción o inhumación de los restos en la fosa común o sepulturas de tierra común según el caso.

La ordenanza propuesta deroga la Ordenanza N° 4648 y toda otra disposición que se oponga a la presente.