El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Día del Empleado de Comercio: El día de descanso fue trasladado al lunes 30


Como cada año, se conmemora el "Día del Empleado de Comercio", lo que otorga a los trabajadores del sector el derecho a disfrutar de un día de descanso. En 2009, el 26 de septiembre fue designado como feriado comercial, aunque en esta ocasión se decidió trasladar la fecha.

La normativa, promulgada hace 15 años, otorga todos los años este día en carácter de feriado nacional sobre todos los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75. Por tal motivo, quienes ejerzan sus funciones deberán percibir la remuneración normal de los días laborales más un recargo del 100%. 

Si bien la Ley 26.541 sostiene que este día debería realizarse el jueves 26 de septiembre, esta vez las partes signatarias del CCT 130/75 acordaron su traslado al lunes 30 de septiembre. Durante la jornada, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales.

Desde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) aclararon que este día no exige el otorgamiento de un descanso compensatorio si se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100% de su salario. En caso de no presentarse a la labor, la remuneración mensual del empleado no deberá variar.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) destacó que este festejo en nada afecta la apertura de los establecimientos cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada.

En este sentido, los empleadores podrán decidir si abrir de igual manera, ya sea trabajando ellos mismos o abonando el adicional correspondiente a sus trabajadores, o mantener el local cerrado este 30 de septiembre.