El Sindicato de Trabajadores Municipales anunció un nuevo paro ante el "incumplimiento del Ejecutivo"

  El Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) de San Pedro convocó a una nueva medida de fuerza gremial ante una serie de reclamos laborales irresueltos. Los principales ejes del conflicto gremial giran en torno al incumplimiento en la entrega de indumentaria, elementos y herramientas de trabajo; retrasos en las recategorizaciones y en los pases a planta permanente; deudas en el pago de bonificaciones, así como deficiencias en las condiciones de seguridad e higiene y en el mantenimiento de la totalidad del parque automotor local. Al respecto, el secretario general del STM, Juan Cruz Acosta, se refirió a la situación en declaraciones al programa local "Equipo de Radio" y manifestó: "En realidad estamos peleando por lo mismo, estamos cansados del incumplimiento del Ejecutivo. Estamos exigiendo que nos den la ropa, las recategorizaciones".

Día del Empleado de Comercio: El día de descanso fue trasladado al lunes 30


Como cada año, se conmemora el "Día del Empleado de Comercio", lo que otorga a los trabajadores del sector el derecho a disfrutar de un día de descanso. En 2009, el 26 de septiembre fue designado como feriado comercial, aunque en esta ocasión se decidió trasladar la fecha.

La normativa, promulgada hace 15 años, otorga todos los años este día en carácter de feriado nacional sobre todos los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75. Por tal motivo, quienes ejerzan sus funciones deberán percibir la remuneración normal de los días laborales más un recargo del 100%. 

Si bien la Ley 26.541 sostiene que este día debería realizarse el jueves 26 de septiembre, esta vez las partes signatarias del CCT 130/75 acordaron su traslado al lunes 30 de septiembre. Durante la jornada, los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales.

Desde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) aclararon que este día no exige el otorgamiento de un descanso compensatorio si se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100% de su salario. En caso de no presentarse a la labor, la remuneración mensual del empleado no deberá variar.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) destacó que este festejo en nada afecta la apertura de los establecimientos cuando estos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada.

En este sentido, los empleadores podrán decidir si abrir de igual manera, ya sea trabajando ellos mismos o abonando el adicional correspondiente a sus trabajadores, o mantener el local cerrado este 30 de septiembre.