20º San Pedro Country Music Festival: Presentación oficial y música en vivo en el Bar Butti

  El San Pedro Country Music Festival se prepara para celebrar sus 20 años de historia .  Country2.com confirmó que el sábado 19 de julio, a las 14:00 horas , se realizará una conferencia de prensa acompañada de música en vivo en el icónico Bar Butti , Mitre y Obligado.  Este evento marcará el puntapié inicial rumbo a la gran celebración que tendrá lugar el 26, 27 y 28 de septiembre . La presentación, que cuenta con el respaldo de la Municipalidad de San Pedro e  Independencia Fútbol Club , busca reforzar el compromiso de la celebración con toda la comunidad. Durante la jornada, además de adelantar la programación artística completa de esta edición tan especial, se realizará el  sorteo de la coreografía de apertura del “All Together #5” , el encuentro de line-dance que reunirá a entusiastas de todo el país el domingo 28 de septiembre a partir de las 10:30 horas.

PASO 2023: Quiénes no tienen obligación de votar


El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes menores de 18 y los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.

En cambio, hay quienes están exceptuados de votar, pero sí deben justificar su ausencia. Estos son:

- Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial

- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente;

- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.