Muestra fotográfica del Programa Envión en La Tosquera

 Jóvenes del Programa Envión de La Tosquera inauguraron una muestra fotográfica en el Centro Municipal Marcelina Suárez, donde compartieron sus perspectivas sobre el barrio y la vida cotidiana. La exposición, que busca fomentar la creatividad y la inclusión, refleja la mirada particular de cada participante sobre su entorno. La iniciativa permitió a los jóvenes expresar, a través de la fotografía, cómo perciben su comunidad, destacando la belleza de lo cotidiano y creando un espacio de encuentro con el arte. El proyecto contribuye al fortalecimiento de los vínculos comunitarios entre los participantes.

AFIP oficializó deducciones de impuestos para pequeñas y medianas empresas


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó las deducciones de impuestos anunciadas para las pequeñas y medianas empresas, a través de la resolución general 5405/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Así se reglamentó lo anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, el 18 de julio pasado, cuando precisó que "se podrá deducir el 30% del impuesto al cheque como pago a cuenta del 15% de las contribuciones patronales y regirá desde el próximo 1° de agosto hasta el 31 de diciembre de 2024, beneficiando a 240.000 pymes".

La RG de la AFIP determinó que los empleadores que se encuentren caracterizados con el código “272 - Micro Empresas Ley 25.300” en el Sistema Registral, podrán computar hasta un 30% del importe correspondiente al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias que les hubieran percibido a partir del 31 de julio de 2023, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Además, precisó que para el cómputo del beneficio los empleadores caracterizados según lo dispuesto en el artículo anterior deberán ejercer la opción al momento de confeccionar la declaración jurada en el sistema Declaración en Línea, al que deberán acceder con Clave Fiscal.

Asimismo, puntualizó que “aquellas percepciones sufridas el día 31 de julio de 2023 podrán ser computadas a cuenta de las contribuciones patronales correspondientes al período mensual devengado agosto de 2023”.