Municipales acuerdan aumento salarial del 8,60% y revisión en mayo

  El Departamento Ejecutivo Municipal de San Pedro y representantes de los gremios municipales lograron un acuerdo salarial que establece un incremento del 8,60% a incorporarse al básico de los salarios devengados en el mes de abril de 2025.  El acuerdo se alcanzó en el marco de la continuidad de la negociación salarial y fue aceptado por la representación sindical. El incremento del 8,60% toma como base la metodología de equiparar los aumentos al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, acumulando el mismo guarismo para los meses de enero, febrero y marzo del corriente año.

Comité Mixto de Salud y Seguridad brindó recomendaciones por la altas temperaturas en las escuelas


El Comité Mixto de Salud y Seguridad en el Empleo Público de San Pedro mantuvo una reunión este martes 7 de marzo, para abordar la problemática de las altas temperaturas en las escuelas y la ola de calor confirmada por el Servicio Meteorológico Nacional. 

El objetivo fue "establecer criterios comunes de organización y cuidados que brinden el respaldo a cada institución y a la comunidad educativa". 

Por ese motivo, el Comité Mixto recomendó: 

• Evitar que el alumnado realice actividad física intensa y se exponga al sol en la franja horaria de 10:00 a 16:00 hs.

• Fomentar el uso de ropa holgada, liviana y de colores claros. Permitir que lleven gorros y se saquen el guardapolvo en los niveles inicial y primario.

• Beber abundante agua para mantenerse hidratados. Ofrecer al alumnado agua en forma constante cada una hora.

• Proponer a las familias que las y los alumnos consuman frutas y verduras. Que eviten consumir alimentos con alto contenido de azúcar y harinas.

• Aconsejar el uso de protector solar antes de concurrir al establecimiento.

• Organizar las clases en distintos espacios para ventilar las aulas, se pueden rotar los grupos para un uso óptimo de los espacios más ventilados y/o frescos.

• Aplicar la Recomendación N° 1/13 de la Comisión Jurisdiccional Mixta de la DGCyE en las instituciones con dificultades sobre el uso y consumo del agua.

• Tener en cuenta las condiciones específicas de cada institución educativa y de su comunidad al momento de tomar la decisión de suspender las actividades educativas, las que deberán ser informadas al superior jerárquico atendiendo a las características particulares de cada institución y garantizando la continuidad educativa. 


Para ello se debe tener en cuenta el artículo 195 2.4 del Reglamento General de Instituciones Educativas que expresa lo siguiente:

Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para disponer la misma: 

a) El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento, dando cuenta inmediata de la decisión a sus superiores. La suspensión podrá ser parcial respecto al tuno y matrícula.

b) El Consejo Escolar y la Jefatura Distrital de Enseñanza cuando afecte a establecimientos del distrito. En estos supuestos el cumplimiento de la carga horaria y/o cargo del personal del Establecimiento deberá realizarse atendiendo las particularidades de los acuerdos alcanzados en el marco del Proyecto Institucional.

El Comité Mixto Distrital tiene la función de "generar mejores condiciones de salud y seguridad en el medioambiente de trabajo".