A partir de 2026, la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará antes

  El Ministerio de Salud de la Nación anunció que a partir de 2026 la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará a los 18 meses de vida, en lugar de a los 5 años. La medida busca ofrecer una protección más temprana y efectiva, especialmente en un contexto de circulación del virus en varios países de la región. El anuncio, realizado en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), fue dado a conocer por la viceministra Cecilia Loccisano. La funcionaria destacó que esta decisión implica una inversión de 4,2 millones de dólares, que se financiará con el ahorro generado por la compra eficiente de la vacuna antigripal.

Reglamentaron la generación de energía domiciliaria y renovable


El gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó hoy la Ley de Generación Distribuida, que permitirá que los vecinos y vecinas que instalen paneles solares puedan inyectar su energía a la red eléctrica.

El objetivo es promover el uso de energías renovables, así como mejorar la calidad del servicio eléctrico a partir de la generación de energía domiciliaria, se consignó en un comunicado.

A partir de la publicación del Decreto reglamentario 2371/2022 de la Ley 15.325, los vecinos y vecinas de la provincia de Buenos Aires podrán convertirse en “usuarios-generadores” (UG) instalando paneles solares en sus domicilios, y estarán habilitados para la generación de energía por fuentes renovables para el autoconsumo.

Se destacó además que podrán inyectar el excedente a la red eléctrica, recibiendo una remuneración por ello, y se remarcó que "para promover esta actividad, la provincia de Buenos Aires incorpora dos exenciones impositivas por 12 años: el impuesto a los Ingresos Brutos por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución, y el impuesto de Sellos a los contratos que suscriban los usuarios con las empresas distribuidoras"

La posibilidad de generar e inyectar energía en forma particular no sólo genera ahorros en las facturas del servicio eléctrico, sino también permite un uso más eficiente de la energía, y promueve hábitos de cuidado ambiental imprescindibles para el futuro.

La reglamentación de la ley designa Autoridad de Aplicación al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y prevé la creación del Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (Ruger), en el ámbito del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (Oceba), donde constarán los usuarios generadores (UG) inscriptos por las distribuidoras provinciales y municipales de energía eléctrica.

Además, se define como usuario generador al hogar que instala en el domicilio equipos de energía renovables destinado a su propio consumo, y con la posibilidad de volcar los eventuales excedentes de electricidad a la red de distribución eléctrica.

No están comprendidos los grandes usuarios o autogeneradores del mercado eléctrico mayorista, según se indicó.

Los UG de Edenor y Edesur -ya adheridos a la ley nacional- que deseen acceder a los beneficios provinciales, deberán ingresar su certificado de usuario generador expedido por el Registro nacional en el Ruger, a través de su distribuidora.