El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

ANMAT descubre y prohíbe un falso "mantecol": cómo diferenciar el trucho del verdadero


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) , mediante la Disposición 3604/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, prohibió la venta de un "mantecol" porque descubrieron que era falso y adulterado.


"Las presentes actuaciones se iniciaron como consecuencia de un oficio del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro, a través del cual el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tomó conocimiento de una denuncia de la firma Mondelez Argentina SA en relación a la comercialización del producto falsificado en cuyo rótulo luce: 'Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg, Vencimiento 12/02/23, L18 140', que no cumple la normativa vigente por tratarse de un producto falsificado que utiliza la información de un alimento genuino, carece de registros y se encuentra falsamente rotulado", informó ANMAT


"Que según manifestó en la denuncia presentada ante la citada dependencia judicial el legítimo elaborador tomó conocimiento a través de su central de reclamos de tres (3) denuncias de consumidores que indicaron que el producto presentaba elementos extraños", agrega.


Producto falso

Luego de una investigación se descubrió que el falso mantecol no estaba bien rotulado, los colores del papel que lo envolvía era diferente y por eso lo prohibió.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rótulo luce: Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg, por ser un producto falsificado, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la firma Mondelez Argentina SA, resultando ser un producto ilegal", dispuso la ANMAT.


Cómo diferenciar el mantecol bueno del trucho

EL VERDADERO

Característica externa: Dibujo nítido.

Códificación de lote y vencimiento impreso con ink jet y según código Mondelez

En cuanto a la codificación, en Mondelez utilizamos el fechador ink jet para codificar las bandejas.

Por último, la codificación utilizada por Mondelez es: “L22 140 20/05/2023”, donde:

L22 hace referencia al año de elaboración (2022)

140 hace referencia al día juliano de elaboración (20/05),

20/05/2023 hace referencia a la fecha de vencimiento debido a la vida útil de un año que tiene el producto.


EL FALSO



Característica externa: Falta de nitidez en el dibujo y rebordes negros

Vencimiento impreso en la etiqueta (no realizado con fechador).

Se puede observar en las muestras de los reclamos recibidos, la fecha de vencimiento se encuentra impresa en la misma etiqueta.

Si seguimos la codificación de Mondelez, el producto cuyo lote figura como L18 140 muestra que el mismo fue elaborado el 20/05/2018, con vencimiento el 12/02/2023. Esto resulta en una declaración de casi 5 años de vida útil del producto, cuando en realidad la de nuestro producto es de 1 año.