La Orden del Convento fue para la Asociación Protectora de la Casa de Ancianos (Video)

El Centro de Estudios Históricos entregó este miércoles la Orden del Convento 2025, el premio con el que se reconoce la trayectoria destacada de sampedrinos o instituciones.  En esta oportunidad, el premio fue para la Asociación Protectora de la Casa de Ancianos, una centenaria entidad que se encarga del sostenimiento del espacio que permite la contención de adultos mayores y que tiene su sede en 25 de Mayo 1755. 

Pensión vitalicia por Covid 19: El Gobierno aclaró cuáles son los requisitos para obtenerla


El Gobierno confirmó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brindará una nueva prestación que alcanza a las víctimas del Covid-19.


El Gobierno estableció hoy quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos para obtener la pensión vitalicia para familiares de víctimas del Covid 19. A través de la Resolución 5/2022 del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo realizó una serie de aclaraciones sobre la Ley Nº 27.549, que instituyó una pensión graciable de carácter vitalicio consistente en una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio.

Se trata de un beneficio para los los derechohabientes de los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la Actividad Migratoria y Aduanera; Bomberos; recolectores de residuos domiciliarios y de residuos patogénicos que, habiendo prestado servicios esenciales durante la emergencia sanitaria, hayan fallecido en el período comprendido entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020, como consecuencia de haber contraído coronavirus.

Pueden gestionar la pensión vitalicia aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos a raíz de la pandemia

Ahora, la Casa Rosada consideró que "resulta preciso efectuar algunas aclaraciones y establecer ciertas disposiciones complementarias en orden a lograr una eficaz y eficiente aplicación" de esta decisión. Según lo dispuesto, la pensión vitalicia pueden gestionarla aquellos familiares de trabajadores esenciales fallecidos a raíz de la pandemia: esposo/a conviviente; hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad y personas a cargo del trabajador fallecido.

La pensión es compatible con cualquier otra prestación y es de por vida.

La pensión (que en la actualidad es de $65.260) es compatible con cualquier otra prestación y es de por vida. Para acceder al beneficio, se debe iniciar un trámite en cualquier oficina de la ANSeS del país: es un trámite totalmente independiente de otras prestaciones y/o asignaciones. No es necesario haber aportado al régimen nacional, ya que el fallecido pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial; sólo se tomará en cuenta que su tipo de trabajo haya sido considerado esencial.

Al momento de realizar la gestión, el familiar debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica. La pensión se cobrará desde el momento en que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, dispuso el Gobierno. Y destacó que la pensión fue sancionada con el objeto de brindar "un reconocimiento de estricta justicia para aquellos familiares de las personas fallecidas en la primera línea de fuego , considerando la particular posición de riesgo a la que se vieron expuestos en sus tareas, arriesgando su vida por el conjunto de la sociedad".