Avanza el reemplazo del adoquinado por hormigón en el ingreso a la Terminal de Ómnibus

 El Municipio dio inicio a los trabajos de refacción y acondicionamiento en el sector de ingreso de colectivos de la Terminal de Ómnibus local. La obra contempla el retiro integral del adoquinado deteriorado en el acceso principal y su reemplazo por losas de hormigón, una intervención planificada para optimizar la circulación del transporte y garantizar la durabilidad de la calzada ante el tránsito pesado. Las tareas forman parte del plan de mejoras que el Ejecutivo local lleva adelante desde que el predio pasó a la órbita de la administración municipal. El intendente Cecilio Salazar recorrió el inicio de los trabajos acompañado por el secretario de Obras Públicas, Mariano Brañas; el secretario de Servicios Públicos, Adrián Devito; y el secretario de Seguridad, Eduardo Álvarez.

Proyecto para "tolerancia 0" de alcohol al manejar


El concejal Juan Cruz González y los integrantes del bloque del Frente de Todos presentaron un proyecto de ordenanza que tiene como objetivo aplicar "tolerancia 0" de alcohol al volante en cualquier grado y tipo de vehículo en el Municipio de San Pedro.

En su articulado, la norma prohibe "la conducción de cualquier tipo y/o especie de vehículo con motor y/o medio de transporte con una presencia de alcohol en sangre superior a cero (0) miligramos sobre litro de sangre".

Los conductores quedan obligados a someterse a los procedimientos necesarios que indique la autoridad de control para determinar "su estado de intoxicación alcohólica o sustancias prohibidas como estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas en su torrente sanguíneo, ya sea que la medición se realice por aire expirado o cualquier otro medio necesario que disponga la autoridad interviniente".

Las pruebas serán practicadas por los agentes municipales encargados del control del tránsito, los que podrán someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria evidencial u otra prueba científica, a fin de acreditar la presencia de alcohol en el organismo y su dosificación, o el hecho de encontrarse la persona conduciendo bajo la influencia del alcohol o de estupefacientes o sustancias sicotrópicas o en estado de ebriedad.

Con el objeto de garantizar la precisión de la prueba que se practique, ésta deberá ser realizada con

instrumentos certificados por autoridades nacionales o provinciales.

Al mismo tiempo, se faculta "a la autoridad de comprobación o aplicación, a retener el rodado preventivamente, dando inmediato conocimiento a la autoridad de juzgamiento, cuando el conductor sea sorprendido in-fraganti en estado de intoxicación alcohólica, cualquiera sea la concentración por litro de sangre, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofisicas normales". 

El acarreo del rodado al lugar de depósito que se disponga, como asimismo los gastos que demande su custodia por parte de la autoridad, serán a cargo del infractor. 

Las sanciones serán de cumplimiento efectivo y los Jueces de Faltas no podrán aplicarlas con carácter condicional ni en suspenso. 

Además de las multas, fijadas por la norma en relación a las unidades fijas equivalentes al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, se prevé la retención o inhabilitación de las licencias de conducir.