La policía interceptó a dos hombres que registraban pedidos de captura y paradero activos

  Dos personas de 39 y 27 años fueron demoradas durante las últimas horas en distintos puntos de la ciudad por personal de la Estación de Policía Comunal, luego de que se constatara que ambos poseían requerimientos de la Justicia pendientes por causas por desobediencia y robos agravados. El primero de los procedimientos se concretó durante la mañana en la intersección de las calles Cucit y Manuel Iglesias. En ese sector, los efectivos policiales procedieron a la identificación de rutina de un hombre de 39 años. Tras consultar sus datos en el sistema informático de las fuerzas de seguridad, se estableció que sobre él pesaba un pedido de captura activa emitido por el Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, en el marco de una causa caratulada como desobediencia.

Autorizaron los oficios religiosos en lugares cerrados


El Gobierno nacional autorizó de manera oficial hoy la posibilidad de que se puedan realizar eventos religiosos en lugares cerrados, con un aforo máximo del 30 por ciento.

"Exceptúase de la suspensión dispuesta a la realización de eventos religiosos en lugares cerrados con un treinta por ciento de aforo", reza la Decisión Administrativa 593/2021 publicada en la jornada de este miércoles en el Boletín Oficial.

Desde hace varios días se venía analizando esta posibilidad y si bien ayer se confirmó, faltaba el paso formal del Boletín Oficial.

"Exceptúase de la suspensión dispuesta en el inciso e) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30 % de aforo", dice el artículo primero del texto oficial

"Establécese que en el desarrollo de la actividad autorizada deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334 y N° 381/21 para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción", agrega en el artículo segundo.

La medida entró en vigencia hoy, una vez publicada la decisión administrativa en el Boletín Oficial.