Autoridades municipales mantuvieron esta mañana una reuniĂ³n en el despacho del Intendente Cecilio Salazar, con el objetivo de definir los alcances de las nuevas medidas que se adoptarĂ¡n en las prĂ³ximas horas, y que implicarĂ¡n el pase de San Pedro a la fase 2 de las restricciones.
Esta tarde, a partir de las 19 horas, se realizarĂ¡ una conferencia de prensa en la que se darĂ¡n a conocer detalles de las normativas que se aplicarĂ¡n.
Este domingo, luego de la semana con mayor cantidad de contagios de toda la pandemia y tras confirmarse un caso de la cepa britĂ¡nica, el Intendente Cecilio Salazar mantuvo un contacto telefĂ³nico con el Jefe de Gabinete de la provincia de Buenos Aires, Carlos Bianco.
El funcionario provincial confirmĂ³ esta mañana nuevas restricciones, que se publicarĂan en las prĂ³ximas horas y regirĂ¡n a partir de mañana.
Con San Pedro en la nueva fase, la restricciĂ³n horaria para actividad comercial en general, bares y restaurantes regirĂ¡ de 19:00 a 06:00 y para circulaciĂ³n de personas de 20:00 a 06:00
AdemĂ¡s, quedarĂan prohibidas:
-Competencias oficiales regionales y provinciales, de deportes en lugares cerrados y/o en espacios al aire libre (Decreto Nacional N° 287/21)
-Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en comercios de cercanĂa con ingreso de clientes.
-PrĂ¡ctica recreativa de deportes grupales de contacto al aire libre
-Talleres culturales (Hasta 20 personas, al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilaciĂ³n natural)
- Jardines Maternales y Centros de AtenciĂ³n de Desarrollo Infantil (CADI)
- Clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educaciĂ³n especial que estarĂ¡ habilitada en todas las fases (Conforme Decreto Nacional N° 287/21).
- Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores)
- Restaurantes y bares en el interior con aforo
- Shoppings (solo locales comerciales, sin patio de comidas ni espacios recreativos)
- Museos
- PrĂ¡ctica de deportes en espacios cerrados
- CelebraciĂ³n de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilaciĂ³n natural
- Actividades sociales y familiares hasta 20 personas en espacios pĂºblicos al aire libre
- Salas y los complejos cinematogrĂ¡ficos
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilaciĂ³n natural
- Natatorios en espacios cerrados
- Actividad en Casinos y Bingos
- Mercados y ferias de artesanĂas o alimentos en espacios cerrados
- Actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilaciĂ³n natural, mĂ¡s de 10 personas
- Discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de mĂ¡s de (10) personas, excepto para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Viajes Grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turĂsticos y de grupos para la realizaciĂ³n de actividades recreativas y sociales.
EstĂ¡n permitidos eventos religiosos en espacios pĂºblicos al aire libre con concurrencia mĂ¡xima de 20 personas.
EstĂ¡n permitidos eventos culturales, sociales, recreativos en espacios pĂºblicos al aire libre con concurrencia mĂ¡xima de 10 personas.