Ceden libro hist贸rico del INTA al archivo del Museo Paleontol贸gico

  El Archivo de Documentaci贸n Hist贸rica del Museo Paleontol贸gico incorpor贸 a su colecci贸n un ejemplar de gran valor documental que recopila publicaciones del Instituto Nacional de Tecnolog铆a Agropecuaria (INTA) correspondientes al per铆odo 1965-1971. La pieza bibliogr谩fica, que cuenta con m谩s de 300 p谩ginas y una prolija encuadernaci贸n, fue cedida por el joven Bruno Rolfo Cocuzza. El tomo re煤ne una serie de revistas individuales que incluyen estad铆sticas, consejos t茅cnicos, fotograf铆as, infograf铆as y entrevistas a referentes del sector agropecuario de aquellos a帽os.

Detallaron los alcances y excepciones de las nuevas restricciones


La Municipalidad de San Pedro, en base al decreto presidencial publicado ayer, aclar贸 cu谩les son los alcances exactos de las restricciones a la circulaci贸n vigentes desde hoy. 

Rige hasta el domingo 30 de mayo la restricci贸n de circulaci贸n a partir de las 18 horas de cada d铆a hasta las 06hs del d铆a siguiente. 

S贸lo podr谩n circular los trabajadores de actividades esenciales, acreditando tal condici贸n a trav茅s de la App CUIDAR.

No se podr谩n realizar reuniones de personas (sean adultos o menores), ni concentraciones, ni pr谩cticas recreativas grupales, tanto en domicilios como al aire libre.

En cuanto al funcionamiento comercial, en base a la posibilidad de desplazarse para la compra de art铆culos esenciales (de limpieza, medicamentos, alimentos, y otros art铆culos de necesidad) en cercan铆as al domicilio, estar谩 autorizado el ingreso controlado a tales comercios entre las 06 y las 18 horas de cada d铆a. Luego los mismos podr谩n continuar trabajando a puertas cerradas con env铆os, hasta las 22 horas de cada d铆a.

Est谩 permitido el funcionamiento de servicios de lavander铆a, servicios postales y de reparto a domicilio, talleres de mantenimiento de veh铆culos afectados al trabajo esencial, y estaciones de expendio de combustible.

Bares, restaurantes y otros locales de venta de comidas elaboradas y afines: Podr谩n funcionar con la modalidad de retiro en tienda hasta las 18 horas y continuar con env铆os a domicilio hasta las 22 horas. No est谩 permitido el uso de mesas y sillas en interiores ni en exteriores.

Los comercios de venta de art铆culos o servicios no esenciales podr谩n trabajar a puertas cerradas, sin ingreso de clientes a los locales, con env铆o a domicilio hasta las 18 horas.

Podr谩n realizarse salidas de esparcimiento en cercan铆as del domicilio, en espacios p煤blicos al aire libre durante el horario autorizado para circular (06 a 18 horas) y dando cumplimiento a las medidas de prevenci贸n (uso obligatorio de barbijo, distancia de 2m, higiene de manos).


Este es el detalle completo: 

EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, CON AUTORIZACI脫N PARA USAR TRANSPORTE P脷BLICO: 

Quedan exceptuadas de las restricciones previstas y est谩n autorizadas al uso del transporte p煤blico de pasajeros las personas que realizan las siguientes actividades y servicios:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorol贸gico Nacional, bomberos y control de tr谩fico a茅reo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la CIUDAD AUT脫NOMA DE BUENOS AIRES; trabajadores y trabajadoras del Sector P煤blico Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUT脫NOMA DE BUENOS AIRES, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3. Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas.

Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Naci贸n que dispongan las autoridades correspondientes.

4. Personal diplom谩tico y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convenci贸n de Viena sobre Relaciones Diplom谩ticas y la Convenci贸n de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a ni帽os, a ni帽as o a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situaci贸n de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realizaci贸n de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

8. Personas afectadas a la atenci贸n de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempe帽a en los servicios de comunicaci贸n audiovisuales, radiales y gr谩ficos.

10. Personal afectado a la obra p煤blica y a tareas de seguridad en demoliciones.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreter铆as. Veterinarias. Provisi贸n de garrafas.

12. Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentaci贸n; de higiene personal y limpieza; de equipamiento m茅dico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los t茅rminos del art铆culo 3° de la Decisi贸n Administrativa N° 429/20.

13. Actividades vinculadas con la producci贸n, distribuci贸n y comercializaci贸n agropecuaria y pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y m贸vil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.

15. Actividades vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolecci贸n, transporte y tratamiento de residuos s贸lidos urbanos, peligrosos y patog茅nicos.

17. Mantenimiento de los servicios b谩sicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atenci贸n de emergencias.

18. Transporte p煤blico de pasajeros, transporte de mercader铆as, petr贸leo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavander铆a.

21. Servicios postales y de distribuci贸n de paqueter铆a.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias m铆nimas que aseguren la operaci贸n y mantenimiento de Yacimientos de Petr贸leo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinaci贸n de petr贸leo y gas, transporte y distribuci贸n de energ铆a el茅ctrica, combustibles l铆quidos, petr贸leo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energ铆a el茅ctrica.

24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros autom谩ticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REP脷BLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atenci贸n al p煤blico, exclusivamente con sistema de turnos.

Las autoridades de la Comisi贸n Nacional de Valores podr谩n autorizar la actividad de una dotaci贸n m铆nima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario.

25. Operaci贸n de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operaci贸n de aeropuertos. Operaci贸n de garajes y estacionamientos con dotaciones m铆nimas.

26. Inscripci贸n, identificaci贸n y documentaci贸n de personas, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N° 450/20, art铆culo 1°, inciso 8.

27. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.

28. Establecimientos para la atenci贸n de personas v铆ctimas de violencia de g茅nero. Guardias m茅dicas y odontol贸gicas. Atenci贸n m茅dica y odontol贸gica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de an谩lisis cl铆nicos y centros de diagn贸stico por imagen, con sistema de turno previo.

29. Traslado de ni帽os, ni帽as y adolescentes para vinculaci贸n familiar, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N° 703/20.

30. Personal de la ADMINISTRACI脫N NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N° 810/20, art铆culo 2°, inciso 1. Personal de aduanas.

31. Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompa帽ante, si fuere necesario.

Todas las personas exceptuadas conforme este art铆culo deber谩n portar el “Certificado 脷nico Habilitante para Circulaci贸n - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte p煤blico.

Los desplazamientos de las personas exceptuadas deber谩n limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.


OTRAS EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, SIN USO DE TRANSPORTE P脷BLICO:

Quedan exceptuadas de las restricciones previstas en art铆culo 3°, sin autorizaci贸n para el uso del transporte p煤blico de pasajeros, las personas que realizan las siguientes actividades y servicios, o se encuentran en las situaciones previstas:

1.Industrias que se realicen bajo procesos continuos cuya interrupci贸n implique da帽os estructurales en las l铆neas de producci贸n y/o maquinarias.

2. Retiro de alimentos en locales gastron贸micos de cercan铆a.

3. Producci贸n y distribuci贸n de biocombustibles.

4.Exploraci贸n, prospecci贸n, producci贸n, transformaci贸n y comercializaci贸n de combustible nuclear, en los t茅rminos de la Decisi贸n Administrativa N° 450/20.

5. Servicios esenciales de sanitizaci贸n, mantenimiento, fumigaciones y manejo integrado de plagas.

6. Actividades vinculadas con la producci贸n, distribuci贸n y comercializaci贸n forestal y minera. Actividades vinculadas a la protecci贸n ambiental minera.

7.Talleres para mantenimiento y reparaci贸n de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte p煤blico, veh铆culos de las fuerzas de seguridad y FFAA, veh铆culos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorizaci贸n para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparaci贸n de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, 煤nicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

8. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

9. Personas que deban trasladarse para realizar viajes al exterior.

10. Venta de mercader铆a ya elaborada de comercios minoristas a trav茅s de plataformas de comercio electr贸nico, venta telef贸nica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y 煤nicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro. En ning煤n caso podr谩n abrir sus puertas al p煤blico. Todo ello conforme la Decisi贸n Administrativa N° 524/20.

11. Industrias que realicen producci贸n para la exportaci贸n.