Hallan una garra fósil de un perezoso prehistórico juvenil en el Bajo del Tala

  El Grupo Conservacionista de Fósiles de San Pedro informó el hallazgo y la recuperación de una falange ungueal, comúnmente denominada "garra", perteneciente a un perezoso terrestre prehistórico. La pieza fue localizada en el yacimiento de Campo Spósito, situado en la zona del Bajo del Tala, un área reconocida por su riqueza paleontológica. Especialistas del Museo Paleontológico local lograron establecer que el ejemplar corresponde a un perezoso terrestre en plena etapa de desarrollo, probablemente del género Lestodon . Según las investigaciones, estas garras en estado adulto llegaban a medir más de 20 centímetros y cumplían funciones vitales para la supervivencia de la especie, siendo utilizadas como ganchos para alcanzar ramas de árboles o como herramientas de defensa ante amenazas.

Nuevo proyecto para prohibir animales sueltos en la vía pública o terrenos


El bloque de concejales de Juntos por el Cambio presentó un proyecto de ordenanza para prohibir en todo el ámbito del partido de San Pedro la presencia de animales sueltos en la vía pública o en terrenos, públicos o privados, no resguardados debidamente. 

La iniciativa unifica los criterios existentes en normas anteriores y define restricciones hasta ahora no vigentes, a efectos de impedir que se repitan situaciones que, incluso provocaron graves accidentes. 

El primer artículo prohibe "la presencia de equinos, ganado mayor y ganado menor como así todo animal suelto en la vía pública, o en terrenos privados o estatales no resguardados debidamente".

En el caso de ser hallados, los pasos serán similares a los que se deben aplicar en este momento: "Será competencia del área de Dirección de Tránsito y Nocturnidad o el área que en el futuro la remplace, confeccionar el acta de comprobación pertinente para su posterior remisión al Tribunal Municipal de Faltas a los efectos del juzgamiento, y proceder a la captura del animal depositándolo en los corrales destinados a tales efectos (lazareto cuarentenario)". La infracción será sancionada con multa o secuestro de los animales.

El proyecto de ordenanza plantea una definición específica sobre "animales sueltos en la vía pública": "Se define al que se hallare deambulando libremente en las calles, veredas, rutas, caminos, plazas y paseos de jurisdicción municipal, como así también aquellos que se encontraren en terrenos de propiedad particular o estatal no resguardados por alambrados perimetrales, tapiales de mampostería o cercos vivos, con excepción de los que se hallaren atados en dichos terrenos particulares y que sean propietarios del terreno en cuestión o consten de autorización expresa por parte del titular. El término "atados" implica dos puntos de sujeción y un medio de unión, siendo un extremo fijo en el animal por medio de elementos acordes como cabezales, collares, pretiles o bozales de cuero o materiales de semejantes cualidades. El otro extremo será un anclaje al suelo o poste de manera que como mínimo, no pueda ser arrancado por la fuerza de un hombre de talla media y un medio de unión (soga o cordel) acorde a la tracción que pueda ejercer el animal. En ningún caso la atadura podrá extenderse más allá de los límites de la propiedad, prohibiéndose expresamente que lleguen a la vereda y/o calle, poniendo en riesgo la circulación de automóviles y transeúntes".

Otros puntos están vinculados a la aplicación de multas, el rescate del animal a través del Documento Único Equino o el boleto de marca y la labor del arriero municipal.