Hallan una garra fósil de un perezoso prehistórico juvenil en el Bajo del Tala

  El Grupo Conservacionista de Fósiles de San Pedro informó el hallazgo y la recuperación de una falange ungueal, comúnmente denominada "garra", perteneciente a un perezoso terrestre prehistórico. La pieza fue localizada en el yacimiento de Campo Spósito, situado en la zona del Bajo del Tala, un área reconocida por su riqueza paleontológica. Especialistas del Museo Paleontológico local lograron establecer que el ejemplar corresponde a un perezoso terrestre en plena etapa de desarrollo, probablemente del género Lestodon . Según las investigaciones, estas garras en estado adulto llegaban a medir más de 20 centímetros y cumplían funciones vitales para la supervivencia de la especie, siendo utilizadas como ganchos para alcanzar ramas de árboles o como herramientas de defensa ante amenazas.

Actividades presenciales: quiénes, cómo y cuándo vuelven a las escuelas


Este lunes, el gobierno bonaerense publicó en el Boletín Oficial una resolución que establece la “actividad presencial” en los establecimientos educativos de todos los distritos de la provincia de Buenos Aires.

Desde el 17 de febrero habrá actividades para quienes perdieron vínculo pedagógico durante el 2020 y desde el 1 de marzo iniciará el calendario escolar.

La resolución publicada esta mañana además aclara que “continúan exceptuados de la obligación de asistencia presencial al lugar de trabajo las y los docentes y auxiliares de la educación alcanzados por las previsiones establecidas en el artículo 1º de la Resolución N° 90/20. Estos son los mayores de 65 años y personas que integran los grupos de riesgo por problemas de salud.

Para reemplazar a estos trabajadores, el gobierno anunció la semana pasada un programa de “suplencias extraordinarias” 

En otro artículo señala que los equipos directivos podrán “organizar las actividades del equipo docente y del personal auxiliar, previéndose la asignación de tareas que sean realizadas en forma no presencial para minimizar el impacto de la movilidad de los agentes, en la medida que ello no afecte la planificación y el desarrollo de las clases presenciales”.

Asimismo establece que las Secretarías de Asuntos Docentes, los Consejos Escolares, los Tribunales Descentralizados de Clasificación y las Jefaturas de Inspección Distrital y Regional deberán “organizar su funcionamiento presencial a los fines de asistir a los establecimientos educativos”.

Por último aclara que “aquellos casos en que por razones epidemiológicas y de acuerdo a los criterios que las autoridades sanitarias establezcan, se suspendan por un tiempo determinado, las actividades escolares presenciales en un establecimiento educativo ó en un distrito, el equipo directivo y la dotación mínima docente y auxiliar de los establecimientos educativos deberán asegurar la prestación de las siguientes actividades de forma presencial, hasta el momento en que se reinicien las actividades presenciales escolares”.

Con respecto a los protocolos, los mismos ya habían quedado establecidos en el “Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para un Regreso Seguro a Clases Presenciales”.

Entre otros puntos, el Plan Jurisdiccional establece que el regreso a clases presenciales se realizará de “manera progresiva, en etapas, en el momento y en los distritos que disponga el Gobierno de la provincia de Buenos Aires de acuerdo con la evaluación de riesgo epidemiológico que realicen las autoridades sanitarias y educativas competentes”.

En cuanto al funcionamiento de las aulas, detalla que se deberá dividir las secciones de estudiantes “en tantos subgrupos como sean necesarios hasta cubrir el cumplimiento del distanciamiento prescripto por la autoridad sanitaria (2 metros en espacios comunes y 1,5 metros en el aula, siempre y cuando se cumplan las medidas adicionales de higiene, protección, limpieza y ventilación de los espacios)”.

El ingreso y egreso de la escuela será en horarios alternados para los distintos grupos, de modo tal que compartan estos momentos la menor cantidad de personas.

Además se deberá continuar garantizando la continuidad pedagógica de las y los estudiantes que no puedan asistir a la escuela (por formar parte de grupos de riesgo o por razones de distancia y/o transporte) y/o que no hayan sido convocados durante la primera etapa.