La decisión de la Administración Federal de Ingresos PĆŗblicos (AFIP) de que ningĆŗn monotributista sea dado de baja de oficio del rĆ©gimen por falta de pago de sus obligaciones durante junio, quedó oficializada hoy con su publicación en el BoletĆn.
Se trata de la Resolución General 4738/2020 a través de la cual la AFIP indicó que su principal objetivo es "amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes".
De esta forma, se extenderÔ durante este mes la medida que comenzó a regir en marzo pasado.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
Ante esta situación, la AFIP resolvió que junio no serĆ” computado a los efectos de contabilizar el perĆodo necesario para la aplicación de las bajas automĆ”ticas.
TambiƩn existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del rƩgimen.
La mĆ”s extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el mĆ”ximo establecido por la categorĆa mĆ”xima disponible.
La AFIP definió que esos cruces sistémicos tampoco serÔn utilizados en junio para proceder con exclusiones de oficio.