San Pedro cierra el fin de semana largo con buena concurrencia en eventos culturales y turísticos

  San Pedro concluye el fin de semana largo conmemorativo del Día de la Soberanía Nacional con una significativa afluencia de público, que participó en la amplia gama de actividades programadas por las autoridades locales. Tanto vecinos como turistas se concentraron en los principales puntos de encuentro de la ciudad para las diversas propuestas culturales y de ocio. El Paseo Público Municipal fue el escenario principal de las celebraciones, albergando simultáneamente la Fiesta de las Colectividades , que destacó la diversidad gastronómica y cultural, y el Encuentro Norteño , dedicado a las expresiones folklóricas regionales. El sábado se sumaron las actividades del programa "Incluir en Movimiento" del Banco Provincia, que dispuso de un espacio y escenario propios para sus propuestas recreativas y sociales.

Publicaron el decreto que bonifica tasas entre un 70 y un 100 %

La Municipalidad de San Pedro publicó el decreto 373, firmado por el Intendente Cecilio Salazar, en el que se establecen bonificaciones y postergaciones de vencimientos para los contribuyentes de tasas municipales. 
La norma, elaborada por la Dirección de Rentas y las Secretarías de Coordinación y Gobierno, cuenta con el aporte de la Dirección de Modernización. 
Tomando como referencia el artículo 29 del capítulo 22 de la Ordenanza Impositiva, que autoriza a establecer bonificaciones especiales en caso de desastres o emergencias, se adoptaron diferentes medidas.  


Considerando la reducción o supresión total de las actividades se han aplicado estas medidas para el próximo vencimiento de la Tasa de Seguridad e Higiene de acuerdo al siguiente detalle:

Base Imponible: Ingresos brutos facturados con un mínimo de: $ 1.076,76.-
(Facturan menos de 35 MM y tienen menos de 40 empleados)

Cines, teatros y salas de juegos: Bonificación 100% por inactividad total

Restaurantes, bares, cafeterías, cervecerías, heladerías, cantinas. Pizzerías y toda otra actividad con mesas al público. 70% de bonificación, ya que han seguido autorizados a los envíos a domicilio

Salones de fiestas, peloteros, jardines maternales: Bonificación del 100% por inactividad total

Gimnasios de musculación, entretenimientos, natatorios, clubes y afines: Bonificación del 100% por inactividad total.

Enseñanza de idiomas: 20% de bonificación por reducción similar en aranceles y continuidad con clases virtuales

Peluquerías, barberías, centros de estética: Bonificación del 100% por inactividad total

Hoteles, Hosteles, cabañas, quintas, casas particulares con fines turísticos: Bonificación del 100% por inactividad total

(La bonificación del 100% también incluye a todas las actividades que no han sido exceptuadas del aislamiento preventivo decreto 297/2020 y normas modificatorias.)

Base Imponible: Ingresos brutos facturados con un mínimo de $ 13.498,14
(Facturan más de 35 MM o tienen más de 40 empleados)

- Confiterías bailables: Bonificación del 100% por inactividad total
- Bancos: sin bonificación.
- Intermediación financiera: sin bonificación.
- Empresas Areneras: Bonificación del 50% por baja en su actividad económica.
- Minimercados, supermercados y autoservicios: sin bonificación.

El decreto establece además la postergación de los vencimientos de los Convenios de Pago para los contribuyentes que desarrollen actividades afectadas por el aislamiento para el 15 de Mayo 2020.

-  ABL, Servicios Sanitarios y Red Vial

Se prorrogan los vencimientos al 27/04/2020, considerando que los servicios se han seguido prestando y se debe afrontar su costo.

Se recuerda que el pago de tasas puede gestionarse vía web o descargando el instructivo para efectuarlo a través de medios electrónicos.