Elevaron al HCD el proyecto que amplía sanciones para escapes libres y maniobras riesgosas

  El intendente Cecilio Salazar elevó al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza que amplía las restricciones y aumenta las penas ante la circulación de vehículos con escapes libres o adulterados y sancionar las maniobras riesgosas en la vía pública, informaron hoy fuentes municipales. La iniciativa, dirigida al presidente del cuerpo deliberativo, Martín Baraybar, establece un marco regulatorio estricto para combatir la contaminación sonora y fortalecer la seguridad vial en todo el partido. El texto propone la prohibición de circular con sistemas de escape que no sean originales o que hayan sido modificados para amplificar el ruido del motor, tales como los denominados "cortes" o "explosivos".

Cómo descargar permisos de circulación para casos excepcionales

En el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, el Gobierno de la Provincia realizó esta mañana una reunión del Comité de Emergencia en el Centro de Coordinación Estratégica del Ministerio de Seguridad, para abordar distintos aspectos relacionados con la gestión de la cuarentena obligatoria y las medidas para prevenir y tratar a los afectados con coronavirus.



Tras el encuentro, el Gobierno puso en marcha el sistema de permisos de la provincia de Buenos Aires para circular en casos excepcionales, tales como la asistencia de adultos mayores, personas con discapacidad, niños o niñas, entre otras razones de fuerza mayor.

El trámite para acceder al permiso se realiza de manera digital ingresando directamente a la web   https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar/, donde se completa un formulario y se descarga el permiso en formato PDF. El mismo es de uso personal e intransferible y tiene carácter de declaración jurada. Se deben ingresar los datos de la persona en tránsito, los domicilios de origen y destino, y los datos de la persona asistida en caso de que el pedido de circulación sea por ese motivo.

Es válido por 24 horas a partir de su emisión y permite la excepción al decreto 297/2020 (Art. 6° Ptos. 5 y 6) de aislamiento social, preventivo y obligatorio, como así también la normativa penal que castiga a quien lo infringe con prisión de seis meses a dos años.