Docentes de la Secundaria 8 reclaman medidas ante los hechos de violencia

Docentes de la Escuela de Educación Secundaria N°8 de San Pedro han elevado una carta a las autoridades educativas regionales y distritales, expresando su profunda preocupación y solicitando urgente intervención ante los crecientes hechos de violencia registrados en el distrito. La misiva detalla el grave episodio ocurrido el pasado viernes 6 de junio, en el cual la madre de una alumna agredió de manera verbal y física a la directora de la institución, Profesora Romina Pascual. Este incidente, según los docentes, "no solo atentó contra la integridad de una autoridad escolar, sino que también expuso a toda la comunidad educativa a una situación de violencia inaceptable dentro del ámbito escolar".

Proponen que el abogado del niño pueda actuar en cuestiones penales

Un proyecto de ley busca ampliar la competencia del “Abogado del Niño” para que éste pueda representar a los niños y niñas en el ámbito del fuero penal, a fin de garantizar el derecho que les asiste a dichos menores.    
En el ámbito de la justicia bonaerense, el Abogado del Niño, cuyos honorarios cubre el Estado provincial, actúa representando a niños y niñas en el fuero civil, el fuero de familia y en el orden administrativo cuando sus derechos han sido vulnerados, según prevé la ley 14568.

El diputado radical de Cambiemos, Diego Rovella, presentó un proyecto que busca modificar el artículo 1 de esa ley para que la figura del Abogado del Niño pueda actuar en procedimientos penales.
“Más allá de la actuación en procedimientos civiles, familiares y administrativos, y sin perjuicio de la representación que ejerce el asesor de incapaces, el Abogado del Niño deberá tener las mismas prerrogativas cuando se trata de cuestiones de índole penal, lo que no queda especificado en la ley de marras, la 14.568”, explicó Rovella.
El legislador sostiene que “esta nueva inclusión esta sustancialmente apoyada en el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño, que obliga a los estados parte de adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio, por lo que también los temas penales deben estar bajo la órbita de las prerrogativas del Abogado del Niño”.