El Centro de Comercio e Industria dio a conocer los alcances de los feriados y dÃas no laborables del fin de semana largo.
El sábado 17 de Agosto, dÃa del paso a la inmortalidad del Gral.José de San MartÃn, será feriado nacional.
Por tal motivo, rige la pauta establecida, y los establecimientos comerciales que decidan permanecer abiertos en la mencionada fecha podrán hacerlo, teniendo en cuenta la aplicación del artÃculo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo. En caso de que el trabajador preste servicios en este dÃa, cobrará la remuneración normal de los dÃas laborables más una cantidad igual.
En cambio, el lunes 19 de Agosto es dÃa no laborable con fines turÃsticos.
La Ley 27.399, otorgó la facultad al Poder Ejecutivo de fijar por cada año hasta “tres dÃas feriados o no laborables destinados a promover la actividad turÃstica, que deberán coincidir con dÃas lunes o viernes”. En ejercicio de tal derivación se dictó el Decreto 923/2017 que para el año 2019 estableció al 19 de Agosto como “dÃa no laborable con fines turÃsticos”. En ese dÃa, la opción de no trabajar la tiene el empleador, por lo que quienes trabajen en dicha jornada recibirán su salario habitual, sin recargos.