El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Alcance del feriado para el comercio

El Centro de Comercio e Industria dio a conocer los alcances de los feriados y días no laborables del fin de semana largo.
El sábado 17 de Agosto, día del paso a la inmortalidad del Gral.José de San Martín, será feriado nacional.

Por tal motivo, rige la pauta establecida, y los establecimientos comerciales que decidan permanecer abiertos en la mencionada fecha podrán hacerlo, teniendo en cuenta la aplicación del artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo. En caso de que el trabajador preste servicios en este día, cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
En cambio, el lunes 19 de Agosto es día no laborable con fines turísticos.
La Ley 27.399, otorgó la facultad al Poder Ejecutivo de fijar por cada año hasta “tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con días lunes o viernes”. En ejercicio de tal derivación se dictó el Decreto 923/2017 que para el año 2019 estableció al 19 de Agosto como “día no laborable con fines turísticos”. En ese día, la opción de no trabajar la tiene el empleador, por lo que quienes trabajen en dicha jornada recibirán su salario habitual, sin recargos.