El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Tres años de condena por suministro de pornografía a una menor

El juez Ángel Amadeo Longarte, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a un hombre de 66 años, detenido en San Pedro.
La pena impuesta fue de tres años de prisión condicional, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de suministro de material pornográfico a menores.
El imputado, y ahora condenado, identificado como Gustavo Canals, residía en San Pedro, en donde fue detenido.
El juez ordenó la libertad del condenado debido a la modalidad de la pena impuesta y le ordenó cumplir las siguientes reglas de conducta por el lapso de tres años: constituir domicilio y someterse al control del Programa de supervisión de presos y liberados de Salta; prohibición de acercamiento a la víctima y de tomar contacto con ella por cualquier vía (física, telefónica, whatsapp, mensajes de texto, redes sociales, etc.); abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento médico o psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia; presentarse cada 60 días ante la comisaría más próxima a su domicilio. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena impuesta.
Canals es tío de la menor damnificada, quien al momento del hecho tenía 7 años de edad. La denuncia contra el hombre fue presentada por los padres de la niña en noviembre de 2009.
En su fallo, el juez también ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El magistrado dispuso además el levantamiento de la declaración de rebeldía y la orden de captura dictada contra el condenado, medida que fue dispuesta oportunamente por el Juzgado de Instrucción Formal de Cuarta Nominación.
El diario "El Tribuno" señaló que "el condenado se encontraba prófugo desde 2012". Desde entonces se había radicado en San Pedro, en donde conducía un programa de televisión sobre el fenómeno ovni.
En 2018, incluso, llegó a participar como conferencista en el XX Congreso Internacional de Ovnilogía, en Capilla del Monte. También figuraba como monotributista, con su nombre verdadero.
El hombre fue detenido en su domicilio sampedrfino el 6 de marzo pasado. Inmediatamente, la Sala II del Tribunal de Juicio de Salta solicitó el traslado del imputado a esa provincia.