Campedrinos se alzó con la Consagración en el Festival de Cosquín 2026 (Video)

  El dúo folclórico Campedrinos obtuvo el premio Consagración en la 66.ª edición del Festival Nacional de Folclore de Cosquín, el máximo galardón que otorga la industria del género en el país. El reconocimiento llega en un momento bisagra para la formación, que se prepara para representar a la Argentina en el próximo Festival Internacional de la Canción de Viña del Mar, en Chile, a finales de febrero. La historia del grupo se remonta a una fila de audición para un programa de talentos, donde Sergio Prada, oriundo de Campana, y Agustín Fantili, de San Pedro, se conocieron mientras esperaban su turno. De la unión de los nombres de sus ciudades surgió "Campedrinos", un proyecto que comenzó recorriendo peñas y festivales regionales hasta lograr una presencia sostenida en los principales escenarios nacionales.

Confirman los valores de la tasa de publicidad y propaganda

La Dirección de Rentas de la Municipalidad de San Pedro recordó a los contribuyentes los valores que establece la Ordenanza Impositiva Nº 6312, en su capítulo IX, para los derechos de publicidad y propaganda.
El artículo 14 de la norma, señala que "por la publicidad o propaganda que se realice en la vía pública o que trascienda a ésta, ya sea que estén ubicadas en los tablones, paredes, espejos, y en general siempre que su objeto sea la promoción de productos y mercaderías, realizados con fines lucrativos y comerciales, en los términos de la Ordenanza Fiscal, se abonarán los importes que al efecto se establecen.


APARTADO A

1 - Carteles o Anuncios Simples (letreros, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras y similares), por m2, por año $500,00.-
2- Carteles o Anuncios Simples con cruce de calles, por m2, por año $752,00.
3 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados sin cruce de calle por faz, por m2, por año  $846,00.-       
4 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados con cruce de calle por faz, por m2, por año $1.097,00.-
5 - Avisos que crucen la calle y anuncien actos deportivos, bailes, kermeses, exposiciones, por mes y fracción, por cada uno $971,00.-                                                                             
6 - Avisos en columnas, por mes y fracción, por cada uno $971,00.-                           
7 - Carteles o anuncios de espectáculos públicos, por mes y fracción, por cada uno $971,00.-
8 - Avisos de operaciones inmobiliarias por cada unidad y por mes $94,00.-            
9 - Avisos por remate o bandera de remate, por cada unidad y por día $1.129,00.-
10 - Avisos realizados en vehículos de reparto, pasajeros, cargas o similares por cada unidad y por mes $313,00.-
11 - Volantes por millar o fracción, debiendo llevar pie de imprenta con número de autorización Municipal $626,00.-
12-Avisos realizados en sillas, mesas, sombrillas o parasoles, por m2 o fracción y por año $313,00.-
13 - Avisos proyectados por unidad y por día $939,00.-
14 - Banderas, estandartes, gallardetes por m2 y por $939,00.-
15 - Publicidad móvil por mes o fracción $1.254,00.-                                                   
16 – a) Avisos en folletos de cines, teatros o en otros espectáculos públicos cada 500 Unidades $439,00.
b) Avisos en revistas promocionando productos o servicios por cada 300 unidades $422,00.-
17-  Publicidad oral por unidad y por día $156,00.-
18- Casillas o cabinas por unidad y por año  $1.568,00.-
19 - Por permiso para la explotación publicitaria de productos y otras promociones de ventas de los mismos, por día $939,00.-                                                                                         
20 - Carteles o Anuncios sobre rutas, caminos, terminales de medios de transporte, baldíos y carteleras en vallas de obra en construcción, por m2, por faz y por mes $94,00.-
21- Por cada publicidad o propaganda no contemplada en los incisos anteriores, por unidad o metro cuadrado o fracción $939,00.-                                                                                   

En caso de publicidad o propaganda cualquiera sea el medio utilizado, que anuncie bebidas alcohólicas y/o tabacos, los derechos previstos se incrementarán en un 100% (cien por ciento).
Para el cálculo de la presente tasa se considerará la sumatoria de ambas caras de la publicidad de que se trate.

APARTADO B (conforme Art. nº 158 último párrafo Ord. Fiscal)
1 - Carteles o Anuncios Simples (letreros, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras y similares), por m2, por año $113,00.-
2 - Carteles o Anuncios Simples con cruce de calles, por m2, por año $169,00.-
3 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados sin cruce de calle por faz, por m2, por año $195,00.-
4 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados con cruce de calle por faz, por m2, por año $251,00.-
5 - Avisos que crucen la calle y anuncien actos deportivos, bailes, kermeses, exposiciones, por mes y fracción, por cada uno $219,00.-
6 - Avisos en salas de espectáculos, por mes y fracción, por cada uno $219,00.-
7 - Avisos en columnas, por mes y fracción, por cada uno $219,00.-
8 - Carteles o anuncios de espectáculos públicos, por mes y fracción, por cada uno $219,00.-
9 - Avisos de operaciones inmobiliarias por cada unidad y por mes $19,00.-
10 - Avisos por remate o bandera de remate, por cada unidad y por día $263,00.-
11 - Avisos realizados en vehículos de reparto, pasajeros, cargas o similares por cada unidad y por mes $94,00.-
12 - Volantes por millar o fracción, debiendo llevar pie de imprenta con número de autorización Municipal $251,00.-
13 - Avisos realizados en sillas, mesas, sombrillas o parasoles, por m2 o fracción y por año $94,00.-
14- Avisos proyectados por unidad y por día $188,00.-
15 - Banderas, estandartes, gallardetes por m2 y por año $188,00.-
16 - Publicidad móvil por mes o fracción $315,00.-
17 - a) Avisos en folletos de cines, teatros o en otros espectáculos públicos cada 500 Unidades $126,00.-
b) Avisos en revistas promocionando productos o servicios por cada 300 unidades $128,00.-
18 - Publicidad oral por unidad y por día $62,00.-
19 - Casillas o cabinas por unidad y por año $188,00.-
20 -Por permiso para la explotación publicitaria de productos y otras promociones de ventas de los mismos, por día $188,00.-
21 - Carteles o Anuncios sobre rutas, caminos, terminales de medios de transporte, baldíos y carteleras en vallas de obra en construcción, por m2, por faz y por mes $43,00.-
23 - Por cada publicidad o propaganda no contemplada en los incisos anteriores, por unidad o metro cuadrado o fracción $188,00.-

Fondos:
Todos los guarismos expresados en el Capítulo contienen los adicionales del Fondo de Obras Públicas (8%), Fondo especial para la Vivienda (3%), Fondo Especial para Educación (1%), Fondo Municipal de Promoción del Deporte (2%), Fondo Municipal de Promoción Cultural (1%), Fondo de Turismo (1%) y Fondo Especial de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos (1,5%), y se debe adicionar como sobre tasa el Fondo de Seguridad Pública Local (5%).