"Viernes Verde": Destacan el compromiso comercial con el reciclaje en el centro de la ciudad

  La Dirección de Ambiente del Municipio de San Pedro, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, destacó el sostenido compromiso de empresas y comercios de la ciudad que se sumaron a la iniciativa “Viernes Verde” . Esta herramienta, implementada en 2023, es clave para optimizar la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de la localidad. La campaña "Viernes Verde" se desarrolla en la calle Mitre y se enfoca en la separación de residuos en origen por parte del sector comercial, permitiendo el retiro coordinado de materiales reciclables cada viernes por la mañana. Esta tarea se realiza en articulación con recuperadores urbanos y la Planta Municipal de Separación y Valorización de Residuos.

¿Quiénes pagan la tasa de publicidad y propaganda?

Los camiones de reparto están incluídos en la tasa
La Dirección de Rentas informó a los contribuyentes la base imponible para la Tasa de Derechos de Publicidad y Propaganda.
Los derechos se fijarán de acuerdo a variables como naturaleza, importancia, forma de la propaganda o publicidad, superfici, ubicación del aviso o anuncio y objeto que la contenga.

El apartado g) del artículo 157 de la Ordenanza vigente, plantea una combinación de alguna o todas las variables citadas:
1 - Carteles o Anuncios Simples (letreros, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras y similares), por m2, por año.
2 - Carteles o Anuncios Simples con cruce de calles, por m2, por año.
3 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados sin cruce de calle por faz, por m2, por año.
4 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados con cruce de calle por faz, por m2, por año.
5 - Avisos que crucen la calle y anuncien actos deportivos, bailes, kermeses, exposiciones, por mes y fracción, por cada uno.
6 - Avisos en salas de espectáculos, por mes y fracción, por cada uno.
7 - Avisos en columnas, por mes y fracción, por cada uno.
8 - Carteles o anuncios de espectáculos públicos, por mes y fracción, por cada uno.
9 - Avisos de operaciones inmobiliarias por cada unidad y por mes.
10 - Avisos por remate o bandera de remate, por cada unidad y por día.
11 - Avisos realizados en vehículos de reparto, pasajeros, cargas o similares por cada unidad y por mes.
12 - Volantes por millar o fracción, debiendo llevar pie de imprenta con número de autorización Municipal.
13 - Avisos realizados en sillas, mesas, sombrillas o parasoles, por m2 o fracción y por año.
14 - Avisos proyectados por unidad y por día.
15 - Banderas, estandartes, gallardetes por m2 y por año.
16 - Publicidad móvil por mes o fracción.
17 - Avisos en folletos de cines, teatros o en otros espectáculos públicos cada 500 Unidades.
18 - Publicidad oral por unidad y por día.
19 - Casillas o cabinas por unidad y por año.
20 - Por permiso para la explotación publicitaria de productos y otras promociones de ventas de los mismos, por día.
21 - Carteles o Anuncios sobre rutas, caminos, terminales de medios de transporte, baldíos y carteleras en vallas de obra en construcción, por m2, por faz y por mes.
22 - Por cada publicidad o propaganda no contemplada en los incisos anteriores, por unidad o metro cuadrado o fracción.