Provincia y Municipio firman convenio por $15 millones para mejoras en el Hogar Sarmiento

  La Directora Ejecutiva del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, Andrea Cáceres, visitó hoy San Pedro para formalizar un importante convenio de subsidio con el municipio local, por un monto de 15 millones de pesos. Los fondos estarán destinados a la adquisición de equipamiento esencial para las obras de refacción que se están llevando a cabo en el Hogar Sarmiento. La jornada de trabajo comenzó en el Palacio Municipal, donde Cáceres fue recibida por el Jefe de Gabinete, Alfredo Carrasco, en representación del Intendente Cecilio Salazar, junto a otros funcionarios municipales y provinciales. Durante el encuentro, se rubricó el acuerdo que permitirá la compra de aires acondicionados, cocina, heladera, freezer, grifería y sanitarios para el hogar.

¿Quiénes pagan la tasa de publicidad y propaganda?

Los camiones de reparto están incluídos en la tasa
La Dirección de Rentas informó a los contribuyentes la base imponible para la Tasa de Derechos de Publicidad y Propaganda.
Los derechos se fijarán de acuerdo a variables como naturaleza, importancia, forma de la propaganda o publicidad, superfici, ubicación del aviso o anuncio y objeto que la contenga.

El apartado g) del artículo 157 de la Ordenanza vigente, plantea una combinación de alguna o todas las variables citadas:
1 - Carteles o Anuncios Simples (letreros, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras y similares), por m2, por año.
2 - Carteles o Anuncios Simples con cruce de calles, por m2, por año.
3 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados sin cruce de calle por faz, por m2, por año.
4 - Carteles o Anuncios Luminosos y/o Iluminados y/o Animados con cruce de calle por faz, por m2, por año.
5 - Avisos que crucen la calle y anuncien actos deportivos, bailes, kermeses, exposiciones, por mes y fracción, por cada uno.
6 - Avisos en salas de espectáculos, por mes y fracción, por cada uno.
7 - Avisos en columnas, por mes y fracción, por cada uno.
8 - Carteles o anuncios de espectáculos públicos, por mes y fracción, por cada uno.
9 - Avisos de operaciones inmobiliarias por cada unidad y por mes.
10 - Avisos por remate o bandera de remate, por cada unidad y por día.
11 - Avisos realizados en vehículos de reparto, pasajeros, cargas o similares por cada unidad y por mes.
12 - Volantes por millar o fracción, debiendo llevar pie de imprenta con número de autorización Municipal.
13 - Avisos realizados en sillas, mesas, sombrillas o parasoles, por m2 o fracción y por año.
14 - Avisos proyectados por unidad y por día.
15 - Banderas, estandartes, gallardetes por m2 y por año.
16 - Publicidad móvil por mes o fracción.
17 - Avisos en folletos de cines, teatros o en otros espectáculos públicos cada 500 Unidades.
18 - Publicidad oral por unidad y por día.
19 - Casillas o cabinas por unidad y por año.
20 - Por permiso para la explotación publicitaria de productos y otras promociones de ventas de los mismos, por día.
21 - Carteles o Anuncios sobre rutas, caminos, terminales de medios de transporte, baldíos y carteleras en vallas de obra en construcción, por m2, por faz y por mes.
22 - Por cada publicidad o propaganda no contemplada en los incisos anteriores, por unidad o metro cuadrado o fracción.