Millonaria inversión en el recambio de una bomba de agua, y advertencia municipal por morosidad en servicios sanitarios

La Secretaría de Servicios Públicos informó que se completaron las tareas de recambio de la bomba de agua en el barrio Escorial , una pieza de infraestructura crítica que garantiza el abastecimiento del recurso hídrico no solo a ese vecindario, sino también a los sectores de Polo, Villa Marced y Aromitos . La intervención técnica se llevó a cabo en un contexto financiero complejo para el área que conduce Adrián Devito. Según datos oficiales difundidos por el Municipio a través de sus redes, la recaudación notablemente baja: en la actualidad, apenas el 40% de los vecinos se encuentra al día con el pago de sus tasas municipales.

Clausura a Dubai: declaran nulas las actuaciones

Federico Rosón, Juez de Paz de Baradero (Foto Baradero Hoy)
El Juez de Paz de Baradero, Dr. Federico Rosón (quien subroga el Juzgado de San Pedro) declaró nulas las actuaciones en relación a los hechos que derivaron en la clausura del bar Dubai por el lapso de 30 días.
En una resolución firmada ayer por el magistrado que subroga la causa ("DUBAI SH DE TORRILLO BENJAMIN Y REGUEIRO LEONARDO MARTIN S/ INFRACCION ART. 300 DE LA ORDENANZA 3884/85 S/ APELACION"), se deja expresa constancia de "la nulidad total y absoluta del acta de infracción (...) y la prueba de cargo incorporada por ella -copia de video filmación- y de todos los actos sucedidos en su consecuencia, con inclusión de la resolución definitiva..." .

El Juez de Faltas de San Pedro, Fabián Rodríguez, había aplicado una durísima sanción contra el local (50 mil pesos y 30 días de clausura), a partir de un video aportado como prueba por la Secretaría de Seguridad. En las imágenes, se veía la agresión contra el hijo del Intendente Cecilio Salazar, de 16 años, en la puerta del comercio nocturno.
Entre los vicios procesales advertidos en su momento por el abogado de Dubai (Dr. Mauricio Gugger) se encontraba la forma de obtención de dicho material fílmico y la edición del mismo de su contenido original.
En su fallo, el Dr. Rosón cita los artículos 209, 211 y 265 bis del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. En este último, se expresa: "El Fiscal deberá requerir a organismos Públicos y/o Privados las filmaciones obtenidas mediante sistema de monitoreo, y las grabaciones de llamadas a los teléfonos del sistema de emergencias. La totalidad del material obtenido será entregado al Fiscal en su soporte original sin editar, o de no ser posible, en copia equivalente certificada en soporte magnético y/o digital. El Fiscal conservará el material asegurando su inalterabilidad, pondrá a disposición de las partes copia certificada, debiendo facilitar las copias que le solicitaren. Las reglas precedentes serán aplicables a las filmaciones obtenidas por particulares mediante sistema de monitoreo en lugares públicos o de acceso público".