Muestra fotogr谩fica del Programa Envi贸n en La Tosquera

 J贸venes del Programa Envi贸n de La Tosquera inauguraron una muestra fotogr谩fica en el Centro Municipal Marcelina Su谩rez, donde compartieron sus perspectivas sobre el barrio y la vida cotidiana. La exposici贸n, que busca fomentar la creatividad y la inclusi贸n, refleja la mirada particular de cada participante sobre su entorno. La iniciativa permiti贸 a los j贸venes expresar, a trav茅s de la fotograf铆a, c贸mo perciben su comunidad, destacando la belleza de lo cotidiano y creando un espacio de encuentro con el arte. El proyecto contribuye al fortalecimiento de los v铆nculos comunitarios entre los participantes.

Revelan el primer proyecto para la ciudad de San Pedro, de 1802

El Grupo Conservacionista dio a conocer el texto con el que se aprob贸 el primer plano y la delineaci贸n de la ciudad, en 1802, que incluye la primera cesi贸n de tierras.
El an谩lisis de antiguos textos escritos en los a帽os fundacionales de la ciudad de San Pedro, llev贸 al Grupo hasta el decreto con el que se aprob贸 el primer plano del pueblo y en el que se ceden, por primera vez, los derechos sobre las tierras a los primeros pobladores con el objeto de impulsar la conformaci贸n de la ciudad.

En el texto, fechado el 5 de febrero de 1802, se expresan los lineamientos a seguir para la distribuci贸n de terrenos, la liberaci贸n de las calles y la ubicaci贸n de ciertos edificios y espacios p煤blicos.
La tarea de interpretaci贸n y transcripci贸n de las cuatro p谩ginas que incluyen el decreto principal y sus refrendas correspondientes, fue realizada por Jos茅 Luis Aguilar, del GCF, y en ellas se observa el inter茅s de las autoridades de la 茅poca por comenzar con el ordenamiento territorial pensando en el futuro desarrollo de aquel peque帽o poblado.
El contenido de estos documentos se dio a conocer gracias a la digitalizaci贸n realizada oportunamente por el Grupo Conservacionista, antes que los originales desaparecieran de la torre del municipio a finales de 2015.
Los interesados en obtener esta hist贸rica cesi贸n de derechos en formato digital podr谩n hacerlo comunic谩ndose al 03329-15537187.

TRANSCRIPCI脫N DEL TEXTO ORIGINAL:

Buenos Aires, cinco de febrero de mil ochocientos y dos-
Con reserva de proveer a su tiempo lo que haya lugar sobre la merced que en propiedad solicita el suplicante por s铆 y a nombre de los individuos que representa, de los terrenos en que est谩 situada la poblaci贸n nombrada del Rinc贸n de San Pedro, atendiendo a los adelantamientos que pueden resultar de que se establezca, con el debido arreglo, y a las dem谩s justas causas que se exponen. Se les concede por ahora as铆 al dicho suplicante como a sus representados, y a todos los restantes vecinos que habitan en la expresada poblaci贸n la posesi贸n y tenencia de los mismos terrenos para que en tiempo alguno puedan ser despojados de ellos, y tengan a su virtud la correspondiente facultad de vender, donar, cambiar, y disponer de ese derecho que se les dispensa en los propios t茅rminos que lo permiten las leyes respecto de los lugares se帽alados para ejido a las ciudades y villas de los dominios de su Majestad, a cuyo efecto, y para que pueda servirles de suficiente t铆tulo la presente providencia se le dar谩n al referido suplicante todos los testimonios que de ella pida con inserci贸n de ese escrito. Y siendo de suma importancia que en los edificios que se construyan en la enunciada poblaci贸n se guarde el orden correspondiente, de modo que en lo sucesivo pueda disponerse la fundaci贸n de una formal villa con los requisitos dispuestos en las leyes del Reino, l铆brese despacho cometido al Sargento Mayor del Partido para que con asistencia de aquel Alcalde de la Hermandad, y del Cura de la parroquia proceda a la delineaci贸n del pueblo en los t茅rminos m谩s proporcionados a su actual constituci贸n, se帽alando el lugar aparente para la Iglesia Parroquial, y Plaza mayor arreglando las calles y cuadras en la conformidad que en lo sucesivo deban situarse los edificios seg煤n el incremento que haya tomado la poblaci贸n, y disponiendo que ning煤n sujeto pueda construir casa alguna, sino en los sitios y solares que se designaren de suerte que queden libres, y desembarazadas las calles; de cuyas operaciones procurar谩 hacer formar con persona inteligente un plano demostrativo de ellas, y hecho dar谩 cuenta a esta superioridad para las dem谩s providencias que convengan_-
R煤brica de Su Excelencia_- Basabilvaso_-
Otra r煤brica del Se帽or Asesor General_-

En Buenos Aires a quince de febrero de mil ochocientos y dos notifique al Superior Decreto que antecede a Don Fernando Albandea; doy fe Basabilbaso. Concuerda este testimonio con los originales de su concepto, que se hallan en el expediente de la materia a que me remito. Y en cumplimiento de lo mandado en el superior Decreto de cinco del corriente, que va inserto, y para entregar a Don Fernando Albandea lo autorizo y firmo, en Buenos Aires, a diez y ocho de febrero de mil ochocientos y dos a帽os
Don Ram贸n de Basavilbaso.

Montevideo dos de Diciembre de mil ochocientos seis_- Autos y vistos: se aprueba en cuanto haya lugar el plano y delineaci贸n del pueblo del Rinc贸n de San Pedro verificada por el primer Piloto y graduado de Alf茅rez de Fragata Don Jos茅 de la Pe帽a en observancia de lo mandado por esta superioridad en el despacho de diez y nueve de Febrero de mil ochocientos dos que original ha devuelto el Sargento Mayor comisionado con el Cura Vicario y Alcalde de la Hermanad de aquel Partido; en cuya consecuencia, y reserv谩ndose para ocasi贸n m谩s oportuna, la erecci贸n y establecimiento de villa que solicitan aquellos interesados, dir铆jaseles en respuesta testimonio de la Providencia de fojas tres, y se la preserve para que cuiden de su puntual cumplimiento, no permitiendo en manera alguna construcci贸n de casas y edificios , sino con el orden y arreglo prevenido en dicha Providencia, a cuyo fin har谩n sacar copia del mencionado plano, si no la tuvieren para que les sirva de instrucci贸n, y conocimiento al tiempo de la formaci贸n de edificios, que no podr谩 tener efecto respecto de cualesquiera de aquellos vecinos, sin que primeramente se presente al Sargento mayor, y al Alcalde del Partido, quienes reconociendo el terreno practicar谩n el se帽alamiento de la l铆nea y direcci贸n que deben guardar, a fin de que queden libres, y expeditas las calles, con calidad de que por esa operaci贸n, no sean de exigir derechos algunos, para que al pretexto de semejante gravamen, no se retraigan los vecinos de concurrir por su parte al aumento de la poblaci贸n.
R煤brica de su Excelencia_-Veles_-Hay otra r煤brica del Se帽or Asesor General_-Concuerda este testimonio con los originales de su contexto, que se hallan en el expediente de la materia, de que cer铆fico_-
Buenos Aires y Diciembre once de mil ochocientos y seis a帽os_-
Don Jos茅 Ram贸n de Basavilbaso.

Est谩n conformes a sus originales, que se guardan en este archivo del Convento del Rinc贸n de San Pedro, que he tenido presentes, y a los cuales me remito.
17 de Febrero de 1823
                                                  Fray Juan Noble Carrillo - Presidente