Nueva dirección en la web y nuevo diseño para Noticias San Pedro

  Nos renovamos para estar más cerca tuyo y ofrecerte la información de San Pedro con la claridad y la inmediatez de siempre. A partir de hoy, podés encontrarnos en nuestra nueva dirección web: notisanpedro.com.ar . Acompañamos esta mudanza digital con un rediseño integral de nuestra plataforma. Desarrollamos una interfaz más ágil, moderna e intuitiva, pensada para optimizar la navegación desde cualquier dispositivo, facilitar el acceso a las noticias locales y potenciar la interacción de los lectores con nuestros contenidos.

La próxima boleta de gas podrá pagarse en cuatro cuotas

El Gobierno nacional dispuso que las distribuidoras de gas de todo el país deberán emitir a partir de mañana las facturas por los consumos de los usuarios residenciales correspondientes a julio y agosto con la alternativa de pago en cuatro cuotas mensuales consecutivas y sin interés. 

La decisión será comunicada en las próximas horas por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) a las distribuidoras de todo el país (incluyendo Litoral Gas) y tiene por objetivo buscar facilitar a los usuarios el pago de los meses considerados de mayor consumo. 
Por tratarse del primer invierno en que se aplica la readecuación tarifaria y atendiendo que la población aún no alcanzó a modificar sus parámetros de consumo, el Gobierno dispuso a través del Enargas que las distribuidoras de gas amplíen las condiciones de pago, precisó esta tarde una fuente oficial. 
La comunicación dirigida a las prestadoras de servicios dispone que las nuevas facturas a emitir desde la fecha hasta el 31 de octubre, correspondiente a los consumos de julio y agosto, tendrá que ofrecer la posibilidad de pago en cuatro cuotas. 
Es decir, que los consumos residenciales del bimestre se podrán pagar durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre en cuotas de similar importe y sin intereses. 
En la práctica, para las empresas, se tratará de una nota de crédito por el 50 por ciento de la facturación que las distribuidoras no podrán cobrar en los meses de setiembre y octubre y que deberán diferir para los últimos dos meses del año.