Con el recambio de más de 2200 luminarias LED, se redujo un 46% el consumo eléctrico urbano

  La Secretaría de Obras Públicas y en un trabajo coordinado con COOPSER, continúa con la ejecución del plan de modernización del alumbrado público que ya alcanzó la renovación de 2277 unidades en diversos sectores estratégicos de la ciudad. El programa de infraestructura urbana contempla la sustitución paulatina de los antiguos equipos de sodio y vapor de mercurio por artefactos con tecnología LED de última generación. Esta reconversión tecnológica permite optimizar el rendimiento lumínico en la vía pública, mejorar la visibilidad urbana y brindar un servicio de mayor eficiencia general.

Reglamentarán la habilitación de autoservicios y supermercados

El bloque de concejales de Cambiemos presentó un proyecto de Ordenanza que regula la habilitación de polirubros. 
Específicamente, la iniciativa está planteada para comercios de tipo minorista destinado a “múltiples rubros con base en la comercialización de productos alimenticios que sumen otros”. 

La ordenanza contempla “lo normado por la Ley 12.573 y el Decreto 2372/01 de la provincia de Buenos Aires”, conocida como Ley de Grandes Superficies Comerciales creada por el entonces Diputado Provincial Germán López. 
En el artículo 2, define las distintas categorías, de acuerdo a su superficie. De tal forma, los autoservicios son aquellos locales de entre 80 y 320 metros cuadrados y los supermercados los que tienen entre 300 y 900 m2 de superficie cubierta. 
En este último caso, deberán contar con un área destinada a playa de carga y descarga del 10% de su superficie cubierta. También un lugar para guarda y estacionamiento de vehículos automotores, dentro del predio, el que no podrá ser menor a los 150 m2 por caja habilitada por la AFIP. 
La distancia mínima de localización de este tipo de comercios minoristas no podrá ser inferior a 500 metros a la redonda con respecto a otro local o establecimiento ya habilitado en la misma categoría. 
Además, se fija un tope de 1 supermercado cada 2 mil habitantes. Es decir que en el partido de San Pedro se podrán habilitar alrededor de 30 comercios de este rubro. 
Con respecto a las grandes superficies comerciales, es la Ley 12.573 la que fija condiciones. Son aquellos mercados de comercialización minorista o mayoristas que realicen ventas minoristas, que ocupen una superficie de más de 900 m2. Solo podrán radicarse, instalarse o habilitarse en predios cuyos frentes den a la Ruta Nacional N°9, en toda su extensión dentro del Partido de San Pedro, y de igual modo sobre la Ruta Provincial N° 191, desde su intersección con la Ruta Nacional N°9 hasta el límite con el Partido de Arrecifes. 
El artículo 4 de la Ordenanza precisa que para la habilitación comercial, las personas físicas o jurídicas deberán informar el monto total de la inversión y justificar el origen de los fondos.