Detenido tras ingresar a robar a una vivienda

Un hombre de 30 años con un extenso prontuario delictivo fue aprehendido en flagrancia ayer por la mañana, luego de intentar robar una vivienda en la calle 25 de Mayo al 2600 de esta ciudad. ​El hecho se desencadenó tras una alerta recibida por el Sistema de Emergencias 911. Rápidamente, un móvil policial se dirigió al domicilio indicado, donde sorprendió al sujeto dentro de la propiedad. ​Según informaron fuentes policiales, el delincuente había ingresado a la vivienda tras dañar una pared de madera y se disponía a sustraer pertenencias del interior cuando fue interceptado por los agentes. ​El aprehendido fue notificado del inicio de la causa y, posteriormente, se le otorgó la libertad. La Fiscalía 11 local interviene en el caso.

Reglamentarán la habilitación de autoservicios y supermercados

El bloque de concejales de Cambiemos presentó un proyecto de Ordenanza que regula la habilitación de polirubros. 
Específicamente, la iniciativa está planteada para comercios de tipo minorista destinado a “múltiples rubros con base en la comercialización de productos alimenticios que sumen otros”. 

La ordenanza contempla “lo normado por la Ley 12.573 y el Decreto 2372/01 de la provincia de Buenos Aires”, conocida como Ley de Grandes Superficies Comerciales creada por el entonces Diputado Provincial Germán López. 
En el artículo 2, define las distintas categorías, de acuerdo a su superficie. De tal forma, los autoservicios son aquellos locales de entre 80 y 320 metros cuadrados y los supermercados los que tienen entre 300 y 900 m2 de superficie cubierta. 
En este último caso, deberán contar con un área destinada a playa de carga y descarga del 10% de su superficie cubierta. También un lugar para guarda y estacionamiento de vehículos automotores, dentro del predio, el que no podrá ser menor a los 150 m2 por caja habilitada por la AFIP. 
La distancia mínima de localización de este tipo de comercios minoristas no podrá ser inferior a 500 metros a la redonda con respecto a otro local o establecimiento ya habilitado en la misma categoría. 
Además, se fija un tope de 1 supermercado cada 2 mil habitantes. Es decir que en el partido de San Pedro se podrán habilitar alrededor de 30 comercios de este rubro. 
Con respecto a las grandes superficies comerciales, es la Ley 12.573 la que fija condiciones. Son aquellos mercados de comercialización minorista o mayoristas que realicen ventas minoristas, que ocupen una superficie de más de 900 m2. Solo podrán radicarse, instalarse o habilitarse en predios cuyos frentes den a la Ruta Nacional N°9, en toda su extensión dentro del Partido de San Pedro, y de igual modo sobre la Ruta Provincial N° 191, desde su intersección con la Ruta Nacional N°9 hasta el límite con el Partido de Arrecifes. 
El artículo 4 de la Ordenanza precisa que para la habilitación comercial, las personas físicas o jurídicas deberán informar el monto total de la inversión y justificar el origen de los fondos.