Implementarán un programa para la atención de infecciones respiratorias en niños

La Secretaría de Salud de la Municipalidad de San Pedro anunció la implementación en el distrito del Programa de Infecciones Respiratorias Agudas Bajas (IRAB) desde este mes y hasta el 31 de agosto. Esta estrategia, impulsada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, tiene como objetivo principal la atención integral de niños y niñas menores de 5 años, con especial foco en los menores de 2, durante la temporada de mayor circulación de enfermedades respiratorias. El programa IRAB busca reducir la morbimortalidad y las internaciones por este tipo de infecciones, ofreciendo una atención ambulatoria oportuna en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS). En San Pedro, el programa funcionará de lunes a viernes, de 14:00 a 17:00, en los CAPS Los Aromos, 1° de Mayo y Depietri. Estos centros contarán con equipos de salud capacitados para realizar intervenciones como nebulizaciones o rescates con aerosoles, lo que permitirá evitar la internación en muchos casos.

Discapacitados pueden tramitar la exención del 100% de las tasas

La Dirección de Rentas de la Municipalidad recordó que los contribuyentes que padezcan alguna discapacidad pueden gestionar la exención del 100 % en diversas tasas municipales. 
El beneficio comprende Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios, Red Vial y Patente del Automotor Municipalizado. 

Para ello, deberán acreditar el Certificado Único de Discapacidad. Se reconocerá el beneficio en patente automotor por una única unidad cuando la misma esté a nombre del discapacitado o afectada a su servicio. 
En este último caso el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, o la persona que sea designado apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales.